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venta vivienda -3años por traslado

Vivienda al 50% mia y 50% de mi pareja.No estamos casados.
A mi me trasladan de provincia por mi trabajo y mi pareja no puede hacer frente a los gastos , se traslada conmigo y la vendemos en menos de tres años desde la adquisición.
¿ Deberemos de pagar el 18% de la ganancia, el 9% si yo estoy exento por traslado o el 0%, ya que mi pareja se ve OBLIGADA a trasladarse conmigo y no podemos mantener dos pisos, uno en cada ciudad ?

La ganancia de la venta correspondiente a tu parte (50%) estaría exento si justificas el traslado y reinviertes el importe en una nueva vivienda habitual en el plazo de 2 años desde la venta.

El caso de tu pareja no es tan claro, puesto que Hacienda no contempla situaciones de hecho. Pero puedes intentarlo.

Se entiende por vivienda habitual la edificación en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de, al menos 3 años. No obstante, la normativa establece que se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, o cambio de empleo u otras análogas justificadas.

En cuanto a los motivos que exigen el cambio, debe entenderse que éste ha de venir avalado por circunstancias concurrentes que lo hagan exigible de manera necesaria, entendiendo por necesidad aquellas circunstancias ajenas a la mera voluntad o conveniencia del contribuyente. No obstante, la justificación podrá hacerse por cualquier medio de prueba admisible en Derecho, siendo la Administración Tributaria quien valore las pruebas aportadas.

Muchas gracias Mara.
¿ Sabéis si se puede pedir cita en hacienda para que me aclaren mi situación antes de hacer la Declaración ?

Thor
Me gustaría saber si yo vendo la vivienda habitual y con las ganancias liquido la hipoteca pendiente y me sobra dinero para comprar otra vivienda que será la habitual, el dinero con el que cancelo la hipoteca pendiente, ¿Se considera ganancias? ¿Qué impuestos tendría que pagar?