Exención por reinversión en vivienda habitual
Buenos dias.
Tengo una duda y quisiera que alguien que sepa me pueda echar una mano.
Mi mujer y yo viviamos en un apartamento (vivienda A) y hace dos años nos empadronamos en otra vivienda también de nuestra propiedad (vivienda B), de tal forma que el día 4 de enero de 2011 habrán pasado los 3 años preceptivos para que se considere vivienda habitual.
Esta vivienda B teniamos pensado venderla y reinvertir su importe en la compra de otra (vivienda C) ,y para que exista exención del beneficio obtenido por la venta ,teniamos pensado hacerlo después de esa fecha de 4 de enero de 2011( cumplirán 3 años viviendo en ella).
La duda surge al enterarnos de que las viviendas compradas apartir del 1 de enero de 2011 no podrán beneficiarse de la desgravación por compra de vivienda habitual si se gana más de 24000 euros al año , que es nuestro caso, y por tanto sería una considerable perdida de dinero durante toda la vida del nuevo prestamo.
Mi pregunta: Podría comprar la nueva vivienda C antes de que acabe el año 2010 (beneficiandome así de la desgravación fiscal por compra) y empleando un credito puente esperar a la venta de la vivienda B a una fecha posterior a los 3 años de empadronamiento, para así tener también la exención del beneficio por reinversión, aunque la compra la haya efectuado antes.
Entiendo que de esta forma no podré desgravarme nada en el 2010 porque la nueva vivienda c no es habitual todavía , pero sí en el 2011 cuando se haga el cambio de domicilio.
Muchas gracias y un cordial saludo a aquel que me conteste.
Manuel Hermoso.
Lo de la ley esta por
Lo de la ley esta por ver.
Por otro lado, lo que indicas careceria de sentido, ya que o la compra o la venta la realizas despues de 2011, cuando ya estaria vigente la nueva ley.
La unica idea que se me ocurre, es que encontraras alguna causa que permite la ley, para cambiar de vivienda habitual antes de los 3 años.
Traslado por trabajo, por casarte, enfermedad... etc...
Por matrimonio..
Hola buenos dias.
Queria hacer una consulta...
Yo y mi pareja compramos un piso conjunto en 2002 de solteros, y lo vendimos comprando otro conjunto en 2005, pero 1 mes antes de cumplirse los tres años...La renta nos la hicieron con la exención de tributar por reinversión de la nueva vivienda...ya que nos habiamos casado en 2004.
Ahora en 2010 nos revisan la renta del 2005 y NO aceptan esta reinversión y nos piden la cantidad del porcentaje de las ganancias mas los interes hasta ahora...por no cumpli los tres años.
Presentamos alegaciones y justificantes de matriminio y empadronamiendo demostrando que era nuestra vivienda habitual, pero por matrimonio lo vendimos antes de tres años. Hacienda nos deniega estas alegaciones y dice que de solteros ya era conjunto el piso y no nos aplican que Según la Ley de IRPF, en su artículo 68.1, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, regula el concepto de vivienda habitual. A efectos fiscales, se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años. No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual, cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio , separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas.
Mi pregunta es si me aconsejan denunciar y llevarlo por el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUNYA y solicitar la exención por reinversión ya que celebramos un matrimonio y que yo sepa esta ley no tiene ninguna clausula que si ya era el piso de solteros de los dos no se aplica la exención si luego nos casamos como dice la ley....
Pagar vamos a pagar, pero dudamos si denunciar...
Ve factible que si lo presento por el tribunal nos den la razón???
Nos la jugamos a no tener deduccion en la sanción si denunciamos....