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CUENTA VIVIENDA

Agradeceria enormemente una posible solucion al siguiente problema que se me plantea:

Tengo una cuenta vivienda abierta desde hace 4 años con lo que cumple ahora en Mayo.El año pasado me meti en una Cooperativa en....CIEMPOZUELOS!!,vaya suerte la mia,justo antes de que saltara todo el escandalo de corrupcion de esta localidad.Debido a ello,la Comunidad de Madrid ha paralizado el PGOU,en el que estaban incluidos los pisos de mi Coop.En vistas de que no se aprecia una posible aprobacion del Plan por lo menos hasta despues de las elecciones,me veo abocado a tragarme la cuenta vivienda y restituir lo deducido mas multa.
¿Que puedo hacer?¿El hecho de no haber comprado el piso por causa imputable a la Comunidad de Madrid no se contempla como causa de fuerza mayor?

Las cantidades depositadas en cuentas vivienda perderán el derecho a deducción cuando transcurran cuatro años a partir de la fecha en que fue abierta la cuenta, sin que se haya adquirido o rehabilitado la vivienda. La normativa no establece ninguna fórmula para prorrogar por circunstancias excepcionales el plazo de materialización de las cuentas vivienda, ni para exonerar del reintegro de las cantidades deducidas cuando se incumple el requisito de materialización. Por lo que transcurrido el plazo del contribuyente perderá el derecho a la totalidad de las deducciones practicadas.

Tengo la siguiente duda:

La cantidad deducida durante el periodo de la cuenta vivienda,se resta de la cantidad a deducir cuando compras la vivienda?Es decir,deduces igual cuando compras la vivienda,si lo has hecho antes con cuenta vivienda como si no?

No puedes deducir dos veces por lo mismo.
Si deduces por 1000 Euros que aportaste a la cuenta vivienda. Cuando esos 1000 los utilices para pagar la vivienda, no podras deducir por ellos.

ola..tengo una duda: mi abuelo murio hace poko y leyeron el testamento..donde mi padre es el heredero universal pero hay una clausula en la ke excluyen a su conyuge, mi madre, pero nos an informado ke es necesaria la firma de mi madre en kaso de ke mi pad

Hola, tengo una duda. En 2006 abri una cuenta de ahorro a plazo, realmente no es una cuenta vivienda pero la pregunta es si este año(renta 2006) la puedo deducir como libreta vivienda y por tanto que sea así para los proximos ejercicios??

saludos

Hola:
Abrí una cuenta vivienda en diciembre de 2005 y ahora me he apuntado a una cooperativa en la que tengo que ir haciendo pagos, una entrada y varios pagos mensuales antes de la entrega. La cantidad que tengo en la cuenta vivienda actualmente es más o menos la que tendría que pagar hasta diciembre de 2009 pero la vivienda no me la darían posiblemente hasta mediados-finales de 2010. ¿Puede reclamarme hacienda el dinero desgravado aunque lo haya destinado a mi primera y única vivienda al no ser en diciembre de 2009 el titular de una vivienda?
Muchas gracias.

Voy a comenzar a efectuar pagos a promotor el mes que viene, exactamente 13000€ de entrada, por lo que entiendo que el año que viene recibiré la desgravación máxima por 9000 (aproximadamente). ¿Qué pasa con los otros 4000 con los que no desgravo nada?, ¿Podría aplicarlos a la desgravación del año siguiente?.

En el caso de que no los pueda aplicar a la desgravación del año siguiente, en el 2010 efectuaré ingresos al promotor por un valor de 7000€, ¿Podré desgravarme por estos 7000€ o como mínimo tendré que hacer pagos al promotor por la misma cantidad como mínimo que en el año anterior?.
Me han comentado que los pagos han de hacerse in-crecendo, pero no he encontrado en la ley información al respecto.

Por último, a la entrega de llaves en 2011 me piden una aportación de 9500€, al no disponer de ello, lo pondré en hipoteca ¿Me podré desgravar por ello o ya tendrá que ser en la desgravación por hipoteca?
Gracias y un saludo