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a ver si alguien me orienta

Hola, veamos.

¿que pasa a la hora de desgravar si una vivienda cuesta un valor pero la hipoteca de la misma es superior al valor de la vivienda?

me explico: mi casa vale 129.000 € sin iva; 138030 € con iva y necesitaría 157000 € de hipoteca; a la hora de hacer la declaración de la renta del año que viene, que desgravaría el 15% del maximo legal (9015 €) de los 138030 o de los 157000 €?????

Por otro lado, me gustaría que alguien me dijese cuáles son los gastos que se pueden incluir en la declaración de la renta para desgravar, he escuchado por ahí la tasación y los gastos de la constitucion de hipoteca pero, hay alguno más?

Gracias

has de prorratear el capital e intereses de la hipoteca, pero correspondientes al valor de la compra. es decir, si has pagado en el ejercicio, p.ej. 9000,00 €, sobre una hipoteca de 157000, tendrás que saber, que cantidad de esos 9.000 €, corresponderían a una hipoteca de 129.000. Puedes hacer una regla de tres:

9000--------------------157.000
X---------------------129.000

X= 129.000x9.000/157000

X= 7.394,91 €

pero los 129000 € son el importe de la vivienda sin IVA, el IVA entra dentro de lo que desgravase o sólo desgravo 129000??

O sea suponiendo que pida la hipoteca de 138000 € (que es el importe de la vivienda + IVA), en la declaracion de la renta desgravaría el 15 % del maximo (9000) pero de esos 138000 € de la totalidad de la hipoteca ¿no?.

Puedes deducir por el coste de la vivienda, impuestos (IVA o transmisiones)Notario, Registro, Gestoria, Inmobiliaria, Comisiones y gastos de la Hipoteca (Tasación, apertura...), Seguro de la vivienda que te obligue el Banco.

Si todo esto lo has financiado con la hipoteca puedes deducirte el 100% de la cuotas de la misma.
Si te deduces directamente algún gasto, se supone que no lo has financiado, ya que no puedes deducir dos veces por lo mismo.

Si aún así tu hipoteca es mayor, se supone que el exceso lo has dedicado a otros fines que no son la adquisición de la vivienda, y por tanto tanto las cuotas como los gastos de la hipoteca solo los podras deducir en proporción.

Saludos

a la hora de prorratear lo haces teniendo en cuenta:

1º Valor de la vivienda
2ª IVA o Impuesto Transmisiones Patrimoniales
3ª Notaria
4ª Registro de la Propiedad
5ª si la entrega va sujeta a IVA, pagarás un 1% de Actos Jurídicos Documentados.

La suma de todo ello, es el valor de la vivienda. Entonces prorratearas ese valor respecto al capital hipotecario.