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Donación de vivicenda habitual a hijos

El año pasado me divorcié y como parte del acuerdo decidimos hacer donación a los hijos de la vivienda habitual de la que yo me quedé con el usufructo.
¿cómo se declara esto?
En los datos que me ha mandado hacienda figura está transacción indicando el numero de días que esa propietario y despues usufructuaria, pero no sé cómo reflejarlo en la declaración.
La pérdida de patrimonio y los gastos de la donación ¿cómo se declaran?
Muchas gracias

Mientras eres propietaria la vivienda habitual no tributa en IRPF. El tiempo que has vivido en ella como usufructuaria sí tributa: tratándose del derecho de usufructo de un inmueble por parte de familiares hasta el tercer grado, el rendimiento neto total no podrá ser inferior a la renta imputada derivada de dicho inmueble (ver página 79 del “Manual Práctico Renta y Patrimonio 23006”, editado por la AEAT). Esa renta imputada es el 1,10% del valor catastral del piso si el mismo ha sido revisado, ó el 2% si no lo ha sido (ver página 84 de dicho Manual Práctico); por supuesto, se imputará la parte proporcional que corresponda por el tiempo de usufructo en 2006, según los días que te dice Hacienda.
No hay pérdida de patrimonio que declarar; el haber tributado por la donación hace que la ganancia patrimonial quede exenta de tributar en IRPF (ver página 277 del mismo Manual Práctico), por lo que tampoco has de reflejar los gastos de la donación.