Autonómica

Las modificaciones fiscales adoptadas en La Rioja afectan al ISD y se adoptan para dar mayor seguridad jurídica al texto de la norma

medidas fiscales rioja. Imagen de una persona corrigiendo el texto de un documento con un lápiz rojo

Las modificaciones son en su gran mayoría de orden técnico para mejorar la redacción, y otras de contenido.

En el Boletín Oficial de La Rioja se ha publicado el día 28 de diciembre Ley 7/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas para el año 2022. Los cambios afectan al impuesto sobre sucesiones y donaciones, y se realizan en la Ley 10/2017 por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos. La nueva ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2022.

Escasas medidas en la Ley de Medidas fiscales y administrativas de Cantabría

Medidas cantabria 2022. Imagen de la bandera de cantabria

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado la Ley 11/2021, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas que contiene escasas medidas en el ámbito tributario.

La novedad más importante se encuentra en el IRPF, la supresión de una de las deducciones establecidas para minimizar el riesgo de despoblación en pueblos de Cantabria por exceder las competencias que la Ley de Financiación de las CCAA en materia de deducciones sobre la cuota íntegra autonómica del IRPF.

Madrid será la única Comunidad Autónoma de régimen común sin impuestos propios al eliminar el impuesto sobre depósito de residuos, el recargo del IAE y el Impuesto sobre la instalación de máquinas en establecimientos de hostelería

Madrid, supresión, impuestos propios, residuos, recargo IAE, instalación, máquinas, hostelería. Concepto de crecimiento de negocio, unas monedas, un local y una flecha hacia arriba

La Comunidad de Madrid, suprime el  impuesto sobre depósito de residuos y el recargo sobre el IAE, eliminando así todos sus impuestos propios, convirtiéndose en la única Comunidad Autónoma de régimen común sin impuestos propios y además manifestando la voluntad de no establecer ningún tipo de impuesto nuevo en materias de su competencia..

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de hoy, 28 de diciembre de 2021, se ha publicado la Ley 3/2021, de 22 de diciembre, de Supresión de impuestos propios de la Comunidad de Madrid y del recargo sobre el Impuesto de Actividades Económicas.

El impuesto sobre depósito de residuos dejará de tener efectividad real por cuanto será fogocitado por el nuevo Impuesto estatal sobre el depósito de residuos en vertederos y la incineración de residuos, que es un tributo de carácter indirecto que recae sobre los residuos producidos cuya opción elegida para su tratamiento sea el depósito en vertederos o la incineración previsto en el Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular que se encuentra en en la recta final de su tramitación parlamentaria, al haberse remitido al Senado el pasado día 23 de diciembre y que gravará en mayor medida el depósito en vertedero frente a la incineración, en línea con la jerarquía en materia de gestión de residuos. En esta Ley no solo encontramos esta figura impositiva, ya que además se contempla el establecimiento de un impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables para avanzar en la prevención de sus residuos.

Por otro lado, se suprime el recargo autonómico sobre el IAE, que era inoperativo, puesto que desde 2009,  el recargo sobre las cuotas mínimas municipales del impuesto sobre actividades económicas que sean exigibles en la Comunidad de Madrid era del 0 por 100.

Reducción de la escala autonómica del IRPF en la Comunidad de Madrid

Reducción de la escala autonómica del IRPF en la Comunidad de Madrid. Imagen de la bandera de la Comunidad de Madrid

La modificación consiste en una rebaja de 0,5 puntos porcentuales en cada tramo.

El día 21 de diciembre de 2021, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ley 2/2021, de 15 de diciembre, de Reducción de la Escala de la Comunidad de Madrid en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre. Mediante esta norma se modifica la escala autonómica en el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Esta modificación se motiva en base a la actual situación económica derivada de la situación de emergencia sanitaria que exige la adopción de medidas que contribuyan a dinamizar la actividad económica, así como a incentivar la inversión, el ahorro y el consumo.

Canarias prorroga para el año 2022 la aplicación de la Orden de módulos y elimina la impresión y distribución en papel de determinados modelos tributarios

prorroga orden módulos desaparece impresión papel modelos

Desde el día 1 de enero de 2022, determinados modelos tributarios dejarán de ser objeto de impresión y distribución en papel por parte de la Agencia Tributaria Canaria, debiendo ser cumplimentados por los interesados a través de los programas de ayuda disponibles en la sede electrónica de la misma

Con fecha 17 de diciembre de 2021, se ha publicado en el BOCA la ORDEN de 1 de diciembre de 2021, por la que se prorroga para el año 2022 la aplicación de la Orden de 23 de diciembre de 2019, que fija los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2020, se establecen reducciones y ajustes para la determinación del importe en el año 2021 de las cuotas devengadas por operaciones corrientes, se modifican las cuotas fijas de la Tasa Fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos, devengada el día 1 de octubre de 2021, y se efectúan otras modificaciones de naturaleza tributaria.

Cantabria actualiza los mecanismos de uso de medios electrónicos para la presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de tributos

Cantabria actualiza los mecanismos de uso de medios electrónicos para la presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de tributos. Imagen de unas manos sobre un ordenador portátil

Simplifica los requisitos de los usuarios de dichos medios electrónicos y su régimen de autorización, concretando también los medios válidos de identificación y firma electrónicos

Con fecha 26 de noviembre de 2021, se ha publicado en el BOC la Orden HAC/23/2021, de 15 de noviembre, reguladora del uso de medios electrónicos, habilitación y la asistencia en la confección y presentación de declaraciones y autoliquidaciones de tributos y otros ingresos de Derecho público no tributarios gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y las obligaciones formales de los notarios en el ámbito del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En la Comunidad Autónoma de Cantabria, el uso de medios electrónicos se ha adaptado a las previsiones del marco legislativo básico, especialmente en lo referido a los sistemas de identificación y firma electrónica admitidos, notificaciones electrónicas, archivo y gestión documental, entre otros aspectos, a través del Decreto 60/2018, de 12 de julio, por el que se regula el régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el uso de medios electrónicos en su actividad administrativa y sus relaciones con los ciudadanos.

Aragón modifica la habilitación a usuarios de medios electrónicos para la presentación de autoliquidaciones: sustituye las autorizaciones por declaraciones responsables

habilitación medios electrónicos presentación autoliquidaciones sustituye autorizaciones declaraciones responsables. Persona con una imagen en su portátil de un impuesto y haciendo cálculos y anotando

Esta modificación también afecta a los sistemas de identificación y firma electrónica

Con fecha 22 de noviembre de 2021, se ha publicado en el BOA la Orden HAP/1533/2021, de 4 de noviembre, por la que se modifica la Orden HAP/1225/2017, de 7 de agosto, por la que se regulan las normas comunes del procedimiento para la confección, pago y presentación de autoliquidaciones tributarias relativas a los tributos propios o cedidos gestionados por la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como las especialidades derivadas de los trámites efectuados por medios electrónicos.

Andalucía aprueba su nueva Ley de Tributos Cedidos con novedades

Andalucía aprueba su nueva Ley de Tributos Cedidos con novedades. Imagen de una mano con un boli y en la otra mano una casita de miniatura

El BOJA ha publicado la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que entre otras medidas deroga, con efectos desde el 1 de enero de 2022, el Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio. 

Además de lo anterior, con efectos desde el 27 de octubre de 2021 se deroga el Decreto Ley 7/2021, de 27 de abril, sobre reducción del gravamen del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para el impulso y la reactivación de la economía de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como los artículos 34, 35, 39 y 40 del citado Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, también relativos al ITP y AJD. 

Con el objeto de continuar la reforma del sistema tributario andaluz, se recopila todas las medidas contenidas tanto en las normas mencionadas como en las Leyes de Presupuestos andaluzas de 2019, 2020 y 2021 en aras a una simplificación del modelo tributario. Además se mejoran determinadas deducciones, reducciones y tipos, entre los que destacan las medidas adoptadas en materia de vivienda habitual. 

Medidas tributarias extraordinarias en La Palma: IRPF, ITPAJD, ISD e IGIC

Canarias establece medidas tributarias extraordinarias en La Palma. Imagen de paisaje después de la erupción del volcán

El Boletín Oficial de Canarias ha publicado el Decreto-Ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma.

La erupción iniciada el 19 de septiembre ha dado lugar a la evacuación preventiva de más de 6.000 personas y a la destrucción de numerosas edificaciones residenciales, agrarias, industriales y de ocio que no podrán ser reconstruidas por haber quedado sepultadas.

Entre las medidas adoptadas por el gobierno autonómico, circunscriptas con carácter general a La Palma, podemos destacar las siguientes:

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