Principales aspectos de los nuevos gravámenes energético y de entidades de crédito y del impuesto de solidaridad de las grandes fortunas y otras medidas tributarias
Enviado por Editorial el Mié, 28/12/2022 - 09:27En el BOE de 28 de diciembre de 2022 y con entrada en vigor, salvo alguna excepción, el 29 de diciembre, se ha publicado la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, que establece 2 gravámenes temporales: el energético y el de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, los cuales tienen la naturaleza jurídica de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, los cuales se exigirán en los años 2023 y 2024. Asimismo, esta Ley crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, que se califica como un tributo de carácter directo, naturaleza personal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros y que se aplicará en los 2 primeros ejercicios en los que se devengue a partir de su entrada en vigor -29 de diciembre de 2022- (por lo tanto, serán los años 2022 y 2023 en los que previsiblemente se aplicarán).