Publicado en el BOE el nuevo reglamento del Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero, y los modelos de autoliquidación y de solicitud de devolución
Enviado por Editorial el Mié, 31/08/2022 - 10:55La Ley 14/2022, de 8 de julio, de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con el fin de regular las estadísticas de las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) en la contratación pública (Ley 14/2022), publicada en el BOE de 9 de julio de 2022, ha introducido a partir del 1 de septiembre de 2022, una reforma en el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (IGFEI) regulado en el artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, y que ha supuesto el cumplimiento de los compromisos asumidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Esta reforma introducida en el IGFEI por la Ley 14/2022 no supone cambios ni en el ámbito objetivo ni en el tipo impositivo del impuesto, pero sí introduce mayor sencillez en su funcionamiento. Como consecuencia de ello, el hecho imponible del IGFEI deja de configurarse como la venta o entrega de los gases al consumidor final, pasando a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de los gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo del impuesto y se entenderá realizado tanto si dichos gases se presentan contenidos en envases o como incorporados en productos, equipos o aparatos. Este cambio lleva aparejadas modificaciones en la determinación de los contribuyentes y del devengo del impuesto.