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Desarrollo reglamentario de la norma tributaria sobre sostenibilidad energética

 Desarrollo reglamentario de la norma tributaria sobre sostenibilidad energética
  • Se modifica el Reglamento de los impuestos especiales y se desarrollan obligaciones de información en el impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales y se regulan determinadas obligaciones formales en relación con el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica.

Las modificaciones introducidas en la Ley de 2012 de Medidas Fiscales para la Sostenibilidad Energética requieren un desarrollo reglamentario que se incorporan al ordenamiento mediante este real decreto.

La Audiencia Nacional admite la petición del ICAV de inconstitucionalidad de las Tasas Judiciales

La Audiencia Nacional admite la petición del ICAV de inconstitucionalidad de las Tasas Judiciales

Para recordar el cumplimiento de las principales obligaciones tributarias estatales, periódicas y no periódicas, a lo largo de 2014, la Agencia Tributaria ha puesto, como en años anteriores, a disposición del contribuyente, el calendario del coLa Audiencia Nacional ha admitido la cuestión de inconstitucionalidad que el ICAV interpuso contra la Ley de Tasas mediante escrito de fecha 12 de febrero de 2013, siendo igualmente procedente suspender el procedimiento en el estado en que se encuentra hasta que por el Tribunal Constitucional se dicte resolución.

Calendario del contribuyente 2014

Calendario del contribuyente 2014

Para recordar el cumplimiento de las principales obligaciones tributarias estatales, periódicas y no periódicas, a lo largo de 2014, la Agencia Tributaria ha puesto, como en años anteriores, a disposición del contribuyente, el calendario del contribuyente 2014.

Puede consultarlo en el siguiente enlace:

El Congreso de los Diputados da luz verde a los PGE 2014

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Los Presupuestos Generales del Estado 2014 entrarán en vigor el próximo 1 de enero después de que el Congreso de los Diputados diera el visto bueno definitivo a unas cuentas públicas a las que solo resta su inminente publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Se trata de unos presupuestos que recogen con seriedad y rigor la situación real de la economía española, en los que se conjuga una previsión de crecimiento del 0,7% del PIB para el próximo ejercicio y el firme cumplimiento del objetivo de déficit, sin olvidar una atención especial al gasto social para dar respuesta a los sectores de la sociedad más desfavorecidos por las consecuencias de la crisis de los últimos años.

Principales novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 960/2013, de 5 de diciembre

Este Real Decreto modifica, entre otros, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS


Este real decreto introduce modificaciones básicamente para adaptar su texto a modificaciones incorporadas en otros textos legales que regulan dicho impuesto. Entre otras, las añadidas al ordenamiento a través de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Negociación del convenio para evitar la doble imposición entre España y Andorra

Negociación del convenio para evitar la doble imposición entre España y Andorra

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, mantuvo ayer, 17 de diciembre de 2013, una reunión con su homólogo de Andorra, el ministro de Finanzas y Función Pública, Jordi Cinca, en Madrid, en la que ha participado también el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre.

El encuentro, celebrado en la sede del Ministerio de Hacienda, ha servido para valorar positivamente los trabajos técnicos preparatorios, celebrados durante los últimos meses para la negociación de un convenio para evitar la doble imposición entre ambos Estados, así como los avances en la aplicación del acuerdo entre el Reino de España y el Principado de Andorra para el intercambio de información en materia fiscal.

Simulador IRPF 2013

Simulador IRPF 2013

El simulador confeccionado por la Agencia Tributaria facilita la realización de los cálculos y permite simular el resultado de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida al ejercicio fiscal 2013, a presentar en 2014. Este servicio de ayuda calcula el resultado de la hipotética declaración, que no tiene validez jurídica, en función de los datos introducidos por el propio contribuyente.

Nueva Orden de Presentación de Autoliquidaciones y de Declaraciones Informativas de naturaleza tributaria. PIN 24 Horas

Nueva Orden de Presentación de Autoliquidaciones y de Declaraciones Informativas de naturaleza tributaria. PIN 24 Horas

La AEAT ha puesto a disposición de los contribuyentes un PDF en el que se recogen algunas cuestiones relativas a la nueva Orden de Presentación de Autoliquidaciones y de Declaraciones Informativas de naturaleza tributaria (Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria), entre las que en el cuales se hace especial referencia al nuevo sistema de firma no avanzada PIN24H.

Navarra limitó inconstitucionalmente la exención en la Contribución Territorial de la Iglesia Católica (y otras confesiones religiosas)

Navarra limitó inconstitucionalmente la exención en la Contribución Territorial de la Iglesia Católica (y otras confesiones religiosas)

El pasado 5 de diciembre el Tribunal Constitucional ha publicado una nota de prensa, la n.º 88/2013, en la que hace pública la estimación del recurso presentado por el Gobierno contra la Ley Foral 10/2013 (Modificación de la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra), y que ha dado lugar a senda sentencia en la que se ha declarado inconstitucional la modificación del art. 136.d) que introduce en la Ley Foral de Haciendas Locales, que hubiera obligado a la Iglesia Católica y a las confesiones religiosas evangélicas, israelita e islámica a pagar la Contribución Territorial (tributo equivalente al IBI) por todos los inmuebles de su propiedad, con la única excepción de los destinados al culto. La sentencia ha sido aprobada por unanimidad.

Antes de la reforma de la norma ahora declarada inconstitucional, disfrutaban de exención en el pago de la Contribución Territorial los inmuebles -propiedad de la Iglesia Católica y de las Asociaciones Confesionales no católicas con las que el Estado hubiese establecido acuerdos de cooperación- destinados tanto al culto como a otros fines vinculados a las tareas propias de la Iglesia Católica y las demás confesiones religiosas.

La sentencia del TC recuerda que tanto la Ley de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (Ley Orgánica 13/1982) como el Convenio Económico (Ley 28/1990) firmado con el Estado atribuyen a la Comunidad Foral un régimen tributario propio que debe respetar el régimen general del Estado y que no puede ser contrario a los tratados internacionales.

Desarrollo de la normativa fiscal de las "cuentas ómnibus" de fondos de inversión

Desarrollo de la normativa fiscal de las "cuentas ómnibus" de fondos de inversión
  • Las entidades comercializadoras de fondos serán las que practiquen la retención fiscal y presten información tributaria.
  • Hacienda modifica el plazo de los ingresos tributarios a entidades colaboradoras y determinados contribuyentes.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de marcado carácter técnico, por el que se modifican varios preceptos de cinco reglamentos: los que afectan al Impuesto sobre Sociedades (IS), el IRPF, el Impuesto sobre la de Renta de No Residentes (IRNR), el Reglamento General de Recaudación y el Reglamento General de Actuaciones y Procedimiento de Gestión e Inspección Tributaria.

El Real Decreto desarrolla la flexibilización de los requisitos de comercialización de fondos de inversión españoles mediante el sistema de cuentas globales "cuentas ómnibus". Adicionalmente, modifica ciertos plazos de ingreso de obligados tributarios y entidades colaboradoras. Por otro lado, el Real Decreto adecúa los citados Reglamentos a los cambios incorporados en la Ley de Emprendedores y su Internacionalización.

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