Aprobado el Proyecto de Ley de tratados y otros acuerdos internacionales
Enviado por fiscalimpuestos el Vie, 25/10/2013 - 17:26La nueva norma pretende ordenar la actividad del Estado en el proceso de celebración de los acuerdos internacionales y regular los tres tipos de acuerdos internacionales existentes en la práctica española: tratados, acuerdos internacionales administrativos y acuerdos internacionales no normativos:
- Los tratados son el instrumento jurídico fundamental para asumir derechos y obligaciones por los sujetos de Derecho Internacional (sólo puede celebrarlos el Estado).
- Los acuerdos internacionales administrativos ejecutan o concretan tratados internacionales (pueden celebrarlos también las Comunidades Autónomas, los órganos y organismos de las administraciones públicas).
- Los acuerdos internacionales no normativos (conocidos como MOUs) son declaraciones de intenciones y no pueden generar derechos ni obligaciones (pueden ser suscritos por una variada gama de actores).