La cuantía resulta de aplicar el incremento máximo de los salarios pactado en el II Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2012-2013-2014, firmado el 25 de enero de 2012.
El Consejo de Ministros ha aprobado la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2013, que se ha fijado en 21,51 euros diarios o 645,30 euros mensuales.
Se trata de un incremento del Salario Mínimo del 0,6 por 100 equivalente al incremento máximo de los salarios pactados en el II Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2012-2013-2014, firmado el 25 de enero de 2012. La propuesta ha sido consultada con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
El establecimiento del crecimiento del Salario Mínimo Interprofesional para 2013 en el mismo límite máximo establecido en el acuerdo de los agentes sociales tiene por objeto respaldar, una vez más, dicho acuerdo, que está dando tan buenos resultados en materia de moderación salarial, a la vez que se adopta una decisión que, para el ámbito de la negociación colectiva, ha sido respaldada por patronal y sindicatos.