Cálculo de pagos fraccionados para empresas que facturan más de 20 millones € (Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto)
Enviado por Editorial el Jue, 20/10/2011 - 10:22La Agencia Tributaria ha respondido a una serie de cuestiones referentes a la nueva forma de cálculo de los pagos fraccionados relativos al Impuesto sobre Sociedades llevada a cabo por el Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto. La modificación consiste en la elevación, con efectos exclusivamente para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2011, 2012 ó 2013, del porcentaje de cálculo de los pagos fraccionados para la modalidad prevista en el apartado 3 del artículo 45 del texto refundido de la LIS (esto es, modalidad cuyo cálculo parte de la base imponible del período de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural). Esta modificación no será de aplicación a los pagos fraccionados cuyo plazo de presentación haya vencido a la entrada en vigor del Real Decreto Ley (20 de agosto de 2011), por lo que será aplicable a partir de los pagos que deban presentarse a partir de octubre de 2011.
Fuente: AEAT