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Formulario simplificado de Importación

Formulario simplificado de Importación

La modificación del procedimiento de despacho de mercancías que se transportan por vía postal, y el incremento de las compras que efectúan particulares a través de internet y que se introducen a través de Correos, obliga a facilitar a estos operadores la posibilidad de cumplir las formalidades aduaneras de importación a través de un formulario simplificado electrónico.

Este formulario sólo podrá ser utilizado por personas físicas o asociaciones que no actúen como operador económico de acuerdo a la definición del artículo 1.12. del Reglamento CEE 2454/93, que cuenten con certificado digital, y únicamente en relación a mercancías que no constituyan una expedición comercial.

Modificaciones introducidas por el Real Decreto 1615/2011 de 14 de noviembre

Revisión del procedimiento sancionador por incumplir obligaciones relacionadas con la función estadística

La Agencia tributaria ha publicado una nota informativa referente a la reciente entrada en vigor, el pasado 27 de noviembre de 2011, del Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre, que introdujo las siguientes modificaciones:

  • En materia de obligaciones formales, se modifica el Real Decreto 1065/2007, en lo que se refiere a la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347), y a la declaración de operaciones incluidas en los libros registro (modelo 340).
  • Modificación del Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Revisión del procedimiento sancionador por incumplir obligaciones relacionadas con la función estadística

Revisión del procedimiento sancionador por incumplir obligaciones relacionadas con la función estadística

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de procedimiento sancionador de las infracciones por incumplimiento de las obligaciones estadísticas, que desarrolla la Ley General Tributaria, para ampliar al director del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la potestad sancionadora ante eventuales incumplimientos en materia de estadísticas sobre intercambios de bienes entre estados miembros de la Unión Europea, el denominado 'Sistema Intrastat'.

Las estadísticas de intercambio de bienes del 'Sistema Intrastat' tienen una importancia esencial para la elaboración de las balanzas de pagos y las cuentas anuales que, entre otras cuestiones, se utilizan como referencia para determinar las ayudas comunitarias, así como la contribución de España a los recursos de la Unión Europea.

España y República Dominicana firman un convenio para evitar la doble imposición

España y República Dominicana firman un convenio para evitar la doble imposición

El ministro de Hacienda de la República Dominicana, Daniel Toribio, y el secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos del Gobierno de España, Juan Manuel López Carbajo, han firmado el 16 de noviembre de 2011, en Madrid, un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta.

Este convenio permitirá incrementar la seguridad jurídica para los operadores de ambos países, garantizará la eliminación de situaciones de doble imposición y servirá para mejorar la tributación de los agentes económicos, en particular aquella sobre las rentas empresariales, las ganancias de capital y los rendimientos de intereses. De hecho, el acuerdo garantiza a los inversores españoles la mejor situación comparativa en relación al resto de países presentes en República Dominicana, ya que, de todos ellos, únicamente Canadá tiene firmado un convenio similar en la actualidad.

El Gobierno aprueba dos reales decretos que desarrollan la Ley del Juego en lo relativo a la autorización de operadores y a los requisitos que deben cumplir éstos

El Gobierno aprueba dos reales decretos que desarrollan la Ley del Juego en lo relativo a la autorización de operadores y a los requisitos que deben cumplir éstos

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de 11 de noviembre de 2011 dos reales decretos que desarrollan la Ley 13/2011 de Regulación del Juego en una serie de aspectos técnicos para el correcto funcionamiento del sector. Por una parte se regula, como preveía la Ley,  todo lo relativo a la obtención de licencias, el régimen de autorizaciones para operar en las diferentes actividades de juego y las relaciones entre operadores y jugadores; por otra, lo referente a los requisitos técnicos que deben cumplir los operadores y a los mecanismos de control y supervisión sobre las diferentes actividades de juego recogidas en la ley. Estos desarrollos normativos posibilitarán la apertura de un procedimiento público para la obtención de licencias de juego ‘online’ en el ámbito estatal.

La Ley de Regulación del Juego, de 27 de mayo, establece el marco regulatorio de la actividad de juego, en sus distintas modalidades, que se desarrolla con ámbito estatal y tiene como principales objetivos garantizar la protección del orden público, luchar contra el fraude, prevenir las conductas adictivas, proteger los derechos de los menores y salvaguardar los derechos de los participantes en los juegos. Los dos reales decretos aprobados hoy desarrollan este marco regulatorio para asegurar el cumplimiento de dichos objetivos dentro de las previsiones temporales que establece la citada ley.

Aprobada la simplificación de determinadas obligaciones formales reguladas en el Reglamento de Gestión e Inspección Tributaria

Aprobada la simplificación de determinadas obligaciones formales reguladas en el Reglamento de Gestión e Inspección Tributaria

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de 11 de noviembre de 2011 un Real Decreto por el que se introducen modificaciones en el régimen jurídico de determinadas obligaciones formales, que afectan particularmente al Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de los Procedimientos de Aplicación de los Tributos, con objeto de simplificarlas.

El Real Decreto revisa el modelo de declaración de operaciones con terceros (modelo 347) para clarificar su contenido e introducir mejoras en la información suministrada por los obligados tributarios, en especial mediante el desglose trimestral de la información que se incluye en dicha declaración informativa anual, lo que permitirá una mejor gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Todas las sociedades anónimas y limitadas dejarán de recibir notificaciones por correo. Deberán consultarlas por Internet

Todas las sociedades anónimas y limitadas dejarán de recibir notificaciones por correo. Deberán consultarlas por Internet

La Agencia Tributaria dejará de enviar por correo sus notificaciones. Lo que hará será ponerlas a disposición del contribuyente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y en el portal notificaciones.060.es para que éste acceda por internet. Además, enviará un aviso informal al e-mail que el contribuyente desee comunicándole que tiene una notificación pendiente de leer.

El contribuyente (o su apoderado) debe acceder a dichas notificaciones. En caso de no hacerlo en el plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición, el acto administrativo se considerará notificado.

¿A QUIÉN AFECTA ESTE CAMBIO?

Afecta a todas las SA y SL, pero no solamente a ellas. Concretamente, el cambio afectará a:

La Comisión Europea demanda a España ante el TJUE por la aplicación de normas discriminatorias en materia del Impuesto sobre Sucesiones

La Comisión Europea demanda a España ante el TJUE por la aplicación de normas discriminatorias en materia del Impuesto sobre Sucesiones

Tras haber solicitado en varias ocasiones a España la modificación de su legislación en materia del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y sin haberse modificado la misma, la Comisión Europea ha llevado a España ante el TJUE por sus normas discriminatorias.

Normas discriminatorias que tienen su origen en las competencias normativas de que disponen las CCAA y que suponen para los residentes unas ventajas fiscales, de las cuales no pueden beneficiarse los ciudadanos extranjeros por resultar aplicable exclusivamente para ellos la normativa estatal.

Todo ello en base a que estas normas constituyen un obstáculo a dos de los principios fundamentales del Tratado de Funcionamiento de la Unión, siendo éstos, la libre circulación de personas y capitales.

Portal móvil de la Agencia Tributaria

Portal móvil de la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria ha puesto en funcionamiento un portal móvil en la dirección http://www.agenciatributaria.mobi. Para acceder a él únicamente se necesita un teléfono móvil con acceso a Internet.

Para facilitar el enlace a este nuevo servicio electrónico, está disponible un acceso por dirección o por código QR en el portal de Internet de la Agencia Tributaria http://www.agenciatributaria.es

Fuente: AEAT

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