Ampliación del ámbito objetivo de la colaboración social en la solicitud de certificados tributarios
Enviado por Editorial el Mar, 23/01/2018 - 08:42Se modifica la Resolución de 29 de mayo de 2006, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la aplicación de los tributos, para la solicitud de certificados tributarios, para ampliar el ámbito objetivo de la colaboración social en la solicitud de los referidos certificados.
Ante los cambios producidos con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y para mejorar la prestación de los servicios que se ofrecen en el marco de la colaboración social en la aplicación de los tributos en materia de solicitudes electrónicas de certificados tributarios, se ha publicado en el BOE de 23 de enero de 2018, la Resolución de 12 de enero de 2018, de la Dirección General de la AEAT, que modifica la de 29 de mayo de 2006, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la aplicación de los tributos, para la solicitud de certificados tributarios, para ampliar el ámbito objetivo de la colaboración social en la solicitud de los referidos certificados en representación de terceras personas.