Novedades Legislativas

Modificaciones en la estructura territorial de la Agencia Tributaria, concretamente en la Delegación Especial de Madrid

Creación en la Delegación Especial de Madrid de la Administración Suroeste y supresión de las Administraciones de Latina y Carabanchel

En el BOE de 14 de noviembre de 2017 (en vigor el día 18 de diciembre de 2017), se ha publicado la Resolución de 13 de noviembre de 2017, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que modifica la de 21 de septiembre de 2004, que  establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, al objeto de crear la Administración Suroeste en la Delegación Especial de Madrid y suprimir las Administraciones de Latina y de Carabanchel.

Método de estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado del IVA para el año 2018

Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2018 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

La presente Orden mantiene la estructura de la Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2017 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

Comentario a las medidas fiscales contenidas en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público 

Se aclara la naturaleza jurídica de las cantidades exigidas por la prestación de un servicio público, así como la no sujeción al IVA de determinadas operaciones realizadas por entes públicos y el concepto de subvención vinculada a precio a efecto de su inclusión en la base imponible del IVA y el Gobierno se compromete a actualizar la lista de paraísos fiscales y a modificar el artículo 13 del RIS. 

En el BOE de 9 de noviembre de 2017, se ha publicado la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en vigor, salvo excepciones, el 9 de marzo de 2018 (cuatro meses de su publicación en el BOE, -disp. final 16.ª-).

Aprobados dos proyectos de ley de modificación del Concierto Económico y de aprobación del cupo vasco para el quinquenio 2017-2021

Aprobados dos proyectos de ley de modificación del Concierto Económico y de aprobación del cupo vasco para el quinquenio 2017-2021
  • Se ha aprobado el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley del Concierto Económico, con el objetivo de adaptarlo a determinados cambios legislativos que se han producido en la normativa estatal y que estaban pendientes de incorporarse en el mismo
  • Se fija el cupo base para 2017 en 1.300 millones de euros
  • La nueva Ley del Cupo aclara y da estabilidad a las relaciones financieras entre el Estado y el País Vasco para el próximo quinquenio

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del Cupo del País Vasco para el quinquenio 2017-2021, y del Proyecto de Ley que modifica otra Ley del 23 de mayo de 2002 que aprobó el Concierto Económico con el País Vasco.

Modificaciones en los modelos de declaración censal y autoliquidación de IVA

Se modifican los modelos 036, 037, 303 y 322.

El Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Rgto. de IVA, el Rgto. de ITP y AJD, el Rgto. de II.EE. (…), publicado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública el pasado mes de julio, introduce determinados cambios que afectan a la gestión de los impuestos y que por tanto, determinan la necesidad de modificar otras normas reglamentarias de desarrollo.

La Agencia Tributaria informa de que la entrada en vigor del Proyecto de Orden de modificación del SII está prevista para el 1 de julio de 2018

Calculadora de plazos para la remisión de facturas a través del Suministro Inmediato de Información (SII)

La AEAT ha hecho un comunicado para informar de que la entrada en vigor del Proyecto de Orden para la modificación de algunas especificaciones normativas y técnicas del sistema de llevanza de los libros registro del IVA a través de la sede electrónica de la AEAT, publicado en la página del Ministerio de Hacienda y Función Pública el pasado 11 de octubre, va a tener lugar  el 1 de julio de 2018 en lugar del 1 de enero de 2018, tal y como estaba previsto en la disposición final segunda del citado Proyecto de Orden.

La Rioja consolida en un único texto legal todo lo relativo a tributos cedidos y propios, excepto canon de saneamiento y tasas

La Ley 10/2017 de la C.A. de La Rioja  realiza una  consolidación fiscal en tributos cedidos y propios, y toda modificación futura será una  reforma de la misma

Para evitar algunas dudas razonables en relación a la aplicación de algunos preceptos, generadas por  la dispersión de las normas que actualmente regulan los tributos propios y cedidos en la Comunidad Autónoma de La Rioja, se aprueba un texto que regula todas las normas vigentes con rango de ley en materia de impuestos en esta Comunidad Autónoma:  la Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos. El fin es cumplir con los principios de buena regulación y de transparencia en relación con la actividad normativa, y facilitar el conocimiento de las normas fiscales por los ciudadanos, al tenerlas recogidas en una sola ley que abordará la regulación sujeta a reserva de ley de los tributos en La Rioja en un único texto normativo. En lo sucesivo, cualquier modificación que se efectúe en su régimen no se tratará ya de forma autónoma, sino como una reforma de esta ley.

Modificaciones en los modelos 210, 211, 213 y 296 del IRNR

Se simplifican y mejoran los procedimientos de presentación de autoliquidaciones.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha publicado el Proyecto de Orden por el que modifica la Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, y la Orden EHA/3290/2008 de 6 de noviembre.

Las disposiciones contenidas en el mencionado Proyecto de Orden tienen por objeto la simplificación y mejora de los procedimientos de presentación de las autoliquidaciones aprobadas por dicha orden, así como, la homogeneización de los procedimientos de presentación con los de otras obligaciones tributarias, así como la mejora en la información e identificación sobre determinados perceptores de rentas que se deben incluir en la declaración informativa anual del modelo 296.

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