Procedimiento sancionador
Enviado por iac el Mar, 27/11/2007 - 22:24
buenas noches:
podría alquien explicarme, cuando se aplica el articulo 198 de la LGT.
y si en el caso de no ingresar en plazo una autoliquilidacion del IRPF a devolver, hay sancion? cual?
Forums:
Pues precisamente eso, el
Pues precisamente eso, el 198 sanciona no PRESENTAR en plazo liquidaciones sin perjuicio economico, esto es , que no salen a ingresar, por eso es una multa pecuniaria fija de 200 euritos.
IAC hola buenos
IAC
hola buenos dias,
gracias por responderme esta duda.
y si en lugar de ser a devolver es a ingresar una autoliquidacion del Irpf ingresada fuera del plazo, que sanción, y porue articulo se tipifica??
muchas gracias
SANCION
El art.198 de la LGT solo sanciona el no presentar en plazo una autoliquidación sin requerimiento previo con una multa fija de 100 euros y con requerimiento previo con una multa fija de 200 euros, independientemente que sea el resultado de a ingresar o a devolver.
Pero en el caso que no exista requerimiento y presentas fuera de plazo una autoliquidación de irpf a ingresar conlleva el recargo del 5% ( hasta 3 meses) 10% ( hasta 6 meses) 15% ( hasta 9 meses) y del 20% ( a mas de un año)
En el caso que presentas la autoliquidación del irpf previo requerimiento a ingresar la sanción es del 50% de la cuota por dejar de ingresar( art.191), pero teniendo en cuenta el 30% de conformidad y el 25% por pago en plazo.
Espero haberte ayudado.
procedimiento sancionador
IAC
Muchas gracias, me esta siendo de ayuda.
porque cuando se trata de diferenciar entre los articulos por dejar de ingresar o de presentar las autoliquidaciones, no se muy bien que articulos aplicar
gracias