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Donación de Inmuebles alquilados

Buenos Días

Tengo un bajo comercial alquilado, en su día pedi la devolución del IVA derivado de la compra, la cuestión es que ahora quiero hacer una donación a mis hijos de este inmueble.

¿La donación está exenta a efectos de iva por tratarse de una segunda transmisión o debería devengarse iva?

En caso de devengar iva, ¿sería deducible por mis hijos como receptores de la donación?

Gracias de antemano.

En principio, está sujeta y exenta de IVA.

Otra cuestión es la posibilidad de renunciar a dicha exención, y tributar por IVA y así, dejar de tributar por la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

la donacion ni tributa por Iva ni por TPO.

la donacion es una transmision lucrativa y no a titulo oneroso que es lo que caracteriza a estos impuestos, y por lo tanto la unica imposicion seria por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Que sera una cantidad variable dependiendo de la comunidad en la que te encuentres.