Donación de Inmuebles alquilados
Enviado por gustavo724 el Jue, 20/11/2008 - 10:49
Buenos Días
Tengo un bajo comercial alquilado, en su día pedi la devolución del IVA derivado de la compra, la cuestión es que ahora quiero hacer una donación a mis hijos de este inmueble.
¿La donación está exenta a efectos de iva por tratarse de una segunda transmisión o debería devengarse iva?
En caso de devengar iva, ¿sería deducible por mis hijos como receptores de la donación?
Gracias de antemano.
Forums:
En principio, está sujeta y
En principio, está sujeta y exenta de IVA.
Otra cuestión es la posibilidad de renunciar a dicha exención, y tributar por IVA y así, dejar de tributar por la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
la donacion ni tributa por
la donacion ni tributa por Iva ni por TPO.
la donacion es una transmision lucrativa y no a titulo oneroso que es lo que caracteriza a estos impuestos, y por lo tanto la unica imposicion seria por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Que sera una cantidad variable dependiendo de la comunidad en la que te encuentres.