Autonómica

Galicia amplía el período de presentación del ITPAJD, ISD y tributos sobre el juego

Medidas tributarias en Galicia. Lupa sobre imagen de gráficos financieros y reloj

Mediante Orden se adoptan medidas excepcionales y temporales en relación a los tributos cedidos.

En el Diario Oficial de Galicia de 27 de marzo de 2020, se publica la ORDEN de 27 de marzo de 2020 por la que se adoptan medidas excepcionales y temporales relativas a la presentación de declaraciones y autoliquidaciones y al pago de determinados impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Galicia, mediante la cual se adoptan medidas de carácter excepcional y vigencia temporalmente limitada, en relación con los plazos de cumplimiento de las obligaciones tributarias relativas a la presentación de declaraciones o autoliquidaciones y al ingreso de la deuda tributaria.

Madrid amplía en un mes los plazos de presentación de tributos cedidos y propios

Medidas tributarias en Madrid con motivo del Covid-19. Imagen de sello de goma extendido sobre fondo amarillo

Medida adoptada en materia de ISD, ITPAJD, Tributos sobre el Juego e impuestos propios.

El día 27 de marzo de 2020, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, ha publicado con misma fecha de entrada en vigor, la ORDEN de 26 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se amplían los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid.

Extremadura amplía hasta tres meses más el plazo de presentación del ISD e ITPAJD

Medidas tributarias en Extremadura. Reloj de arena en primer plano y al fondo reloj analógico

Medidas en materia tributaria adoptadas en Extremadura para hacer frente a la crisis del coronavirus.

El día 27 de marzo de 2020, se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-Ley 2/2020, de 25 de marzo, de medidas urgentes de carácter tributario para paliar los efectos del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con entrada en vigor el mismo día de su publicación, con el objeto de evitar el desplazamiento de los contribuyentes a las dependencias públicas de la Administración tributaria extremeña en tanto dure la declaración del estado de alarma.

En primer lugar, por lo que se refiere a los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se ampliará en tres meses adicionales a lo establecido en la normativa específica de cada tributo, el plazo para la presentación y pago de todas aquellas autoliquidaciones y declaraciones cuyo plazo finalice desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto que declara el estado de alarma y hasta el 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.

Murcia promueve el cumplimiento telemático de la obligaciones tributarias y amplía el plazo de presentación del ISD e ITPAJD

Isd itp murcia. Hombre trabajando en un portátil

Las obligaciones tributarias deberán llevarse a cabo íntegramente por medios electrónicos.

En el Boletín Oficial de la Región de Murcia, se ha publicado el día 26 de marzo de 2020, en un boletín suplemento, el Decreto-Ley 2/2020, de 26 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria y de agilización de actuaciones administrativas debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Galicia interrumpe los plazos en los procedimientos ante las entidades del sector público

Plazos administrativos en Galicia. Dibujo de la silueta de un hombre deteniendo unas fichas de dominó

Decisión adoptada como medida para contener el Covid-19.

Se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 15 de marzo de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se da publicidad al acuerdo del Centro de Coordinación Operativa (Cecop), mediante el que se adoptan medidas preventivas en lugares de trabajo del sector público autonómico como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus COVID-19.

Murcia suspende la atención presencial en sus Oficinas de atención al contribuyente

Coronavirus medidas Murcia. Imagen de un cartel de cerrado

El Boletín Oficial de la Región de Murcia ha publicado la Resolución de 15 de marzo de 2020 por la que se suspende la actividad presencial en las oficinas de atención integral al contribuyente de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En virtud de esta Resolución con efectos desde el 15 de marzo, y durante el tiempo que se prolonguen las medidas establecidas en el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara en estado de alarma a nivel nacional, queda suspendida la atención presencial en las citadas oficinas en aras a proteger la salud de los ciudadanos, empleados públicos y resto de personal que prestan sus servicios en dichas oficinas.

Extremadura suspende los plazos de los procedimientos administrativos

Suspensión de plazos administrativos en Extremadura. Bandera de Extremadura

Interrupción de los plazos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En el Diario Oficial de Extremadura se ha publicado el Decreto 17/2020, de 15 de marzo, por el que se determinan los servicios públicos básicos de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su sector público institucional, ante la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Cantabria también prorroga la presentación de ISD, ITP y Tributos sobre el juego

Medidas tributarias en Cantabria. Silueta de Cantabria con la palabra Coronavirus por encima

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado la Orden HAC/09/2020, de 20 de marzo, en la que se adoptan medidas temporales y excepcionales con motivo de la crisis originada por la emergencia sanitaria actual.

Al igual que viene sucediendo con el resto de comunidades autónomas, el Gobierno cántabro ha tomado una serie de medidas en el ámbito tributario por las que se amplían los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y los Tributos sobre el Juego.

Los plazos para la presentación de los citados impuestos, se ampliarán en un mes, respecto del que legal o reglamentariamente les correspondiera, siempre que dicho plazo no hubiera finalizado con anterioridad al 14 de marzo de 2020.

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