La digitalización de las empresas y de las Administraciones públicas es lo que permite seguir al pie del cañón a todo el personal que antes acudía a prestar sus servicios a una oficina, ya sean contables, financieros, asesores, administrativos o empleados de la Agencia Tributaria, que resisten con el teletrabajo desde sus domicilios a un virus que intenta socavar su salud y, por extensión, nuestra economía, pero que no conseguirá doblegarnos.
Afortunadamente los esfuerzos en la digitalización de nuestras Administraciones públicas, amparados por la Ley 39/2015, de 1 de octubre y el Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto, hacen que prácticamente ya sea posible realizar casi cualquier trámite por medios electrónicos en cualquier sede electrónica, ya que en este real decreto se especificaba que las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de octubre de 2020.
Una sede electrónica es un sitio web de una Administración pública que se encuentra a disposición de los ciudadanos en internet, para que estos puedan acceder a la información, servicios y trámites electrónicos en cualquier momento de manera digital, siendo la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria una de las más avanzadas y completas.