Armonización de la normativa fiscal alavesa a las diversas modificaciones introducidas por el Estado en varios Impuestos
Enviado por Editorial el Mar, 20/08/2019 - 13:16Alava armoniza su regulación fiscal de los II.EE, en concreto se configura el Impuesto especial sobre la Electricidad como un Impuesto que grava el suministro de energía eléctrica, establece la aplicación del tipo reducido del IVA del 10% a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, modifica los tipos de gravamen del Impuesto sobre Actividades de Juego y establece la neutralidad de determinadas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva.
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del pasado 12 de agosto de 2019 se publicó el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 1/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 30 de julio, por el que se aprueba la adaptación a la normativa tributaria alavesa a las diversas modificaciones introducidas por el Estado en varios Impuestos. En concreto, el Impuesto especial sobre la Electricidad deja de configurarse como un Impuesto sobre la fabricación para pasar a ser un Impuesto que grava el suministro de energía eléctrica para consumo o su consumo por los productores de aquella electricidad generada por ellos mismos persiguiéndose con esta modificación una reducción de costes administrativos, tanto para los distintos actores del mercado eléctrico, como para la Administración, adaptándose la normativa a lo establecido en el Directiva de la Unión Europea.