Novedades Legislativas

Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa y otras modificaciones tributarias

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa del día 30 de diciembre de 2015 se ha publicado la NORMA FORAL 8/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los presupuestos generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2016, en la que se incluyen diversas normas tributarias como son la actualización de los valores catastrales y de las tasas y exacciones parafiscales de la Hacienda Foral de Gipuzkoa  y de la tasa por la adquisición de cartones de bingo así como se fija en un 3,75 por ciento el interés de demora desde el 1 de enero de 2016.

Además se publicó en ese mismo Boletín de 30 de diciembre el DECRETO FORAL 88/2015, de 29 de diciembre, por el que se modifican los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, y se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en 2016 para la determinación en ambos Impuestos de las rentas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales. Además en esta norma se incorporan a la norma reglamentaria las modificaciones operadas en la norma foral del Impuesto correspondiente:

Presupuestos Generales y modificación de la normativa tributaria de Álava

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del día 30 de diciembre de 2015 se han publicado la NORMA FORAL 21/2015, de 23 de diciembre, de ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2016, aprobado por la NORMA FORAL 20/2015, de 14 de diciembre, de presupuesto de las Juntas Generales de Álava para el año 2016, que fue publicada en el BOTHA de 23 de diciembre y la NORMA FORAL 22/2015, de 29 de diciembre, de modificación de la normativa reguladora de determinados impuestos.

En la NORMA FORAL 21/2015, de 23 de diciembre, de ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2016, se prevé la actualización general de las tasas de cuantía fija de la Hacienda Foral de Alava, modificaciones que afectan a algunas de estas tasas en particular y la creación de otras nuevas.

Mediante la NORMA FORAL 22/2015, de 29 de diciembre, de modificación de la normativa reguladora de determinados impuestos, se introducen modificaciones concretas en varios tributos que conforman el sistema tributario aplicable en el Territorio Histórico de Álava.

Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia

En el Boletín Oficial de Bizkaia del día 31 de diciembre de 2015 se ha publicado la NORMA FORAL 8/2015, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2016, en la que se incluyen diversas normas tributarias como son la actualización de las tasas de cuantía fija, de los precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público de la Diputación Foral de Bizkaia y se fija en un 3,75 por ciento el interés de demora desde el 1 de enero de 2016.

Además, se modifica con efectos desde el 1 de enero de 2016 el Decreto Foral Normativo 7/2013, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen fiscal de las fundaciones bancarias, en concreto en lo relativo a la conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible y se establece con efectos desde el 1 de enero de 2015 una nueva disposición transitoria referida a la modificación de las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores pendientes de compensación vinculadas a activos por impuesto diferido.

Medidas Tributarias de Navarra

En el Boletín Oficial de Navarra del día 30 de diciembre de 2015 se ha publicado la LEY FORAL 23/2015, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

  • Se introducen nuevas exenciones y se actualizan los requisitos para aplicar la exención de los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero.
  • A partir del 1 de enero de 2016 vuelven a tributar las retribuciones en especie pactadas en procesos de negociación colectiva así como el importe del servicio de educación prestado, de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, por los centros educativos a los hijos de sus empleados.
  • Se introduce una limitación en la valoración de las retribuciones en especie satisfechas por empresas que tengan como actividad habitual la realización de las actividades que dan lugar a las mencionadas retribuciones.

Proyecto de Orden modelos de declaración IRPF y Patrimonio 2015

Proyecto de Orden modelos de declaración IRPF y Patrimonio 2015

En la página de la AEAT se ha puesto a disposición de los ciudadanos , el Proyecto de Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2015, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

En cuanto a las novedades reflejadas en el modelo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, podemos destacar las siguientes:

  • Se adecua el modelo a las modificaciones introducidas en el impuesto por la Ley 26/2014: nueva tarifa aplicable a la base liquidable general y a la base liquidable del ahorro;  creación del  Plan de Ahorro a Largo Plazo, incorporación en la base imponible del ahorro de las ganancias y pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales, cualquiera que sea el plazo de permanencia en el patrimonio del contribuyente; supresión de la deducción por alquiler….

Procedimiento para la obtención del certificado del INAEM previsto en el artículo 36 de la LIS (espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales)

La Orden ECD/2836/2015, de 18 de diciembre (BOE de 30 de diciembre), regula el procedimiento para la obtención del certificado del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), previsto en el artículo 36.3, a)  de la  LIS, y establece la obligatoriedad, para el conjunto de contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que tengan derecho a la correspondiente deducción en la cuota del impuesto, de comunicarse por medios electrónicos con el citado organismo autónomo, y la obligatoriedad de admitir la notificación por medios electrónicos.

Aprobación del modelo 113 de comunicación de datos de ganancias patrimoniales por cambio de residencia a otro Estado miembro de la UE o del EEE

La Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre (BOE de 30 de diciembre y en vigor a partir del 31 del citado mes), aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con efectivo intercambio de información tributaria, que deberá ser presentada por el contribuyente del IRPF cuando pierda su condición por tal motivo, en el plazo comprendido entre la fecha del desplazamiento y la fecha de finalización del plazo de declaración del Impuesto correspondiente al primer ejercicio en que el contribuyente no tuviera tal condición como consecuencia del cambio de residencia, debiéndose comunicar las variaciones de domicilio en el plazo de 2 meses desde que se produzcan, no teniendo, en ningún caso, la presentación del modelo la consideración de cambio de domicilio -art. 48 LGT-.

Reforma del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas de Gipuzkoa

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa del día 24 de diciembre de 2015 se publicó la NORMA FORAL 6/2015, de 23 de diciembre, de reforma del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas.

Mediante la NORMA FORAL 6/2015, de 23 de diciembre, de reforma del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas, se pretende mejorar el tratamiento tributario a los elementos afectos a actividades económicas y a determinadas participaciones empresariales, mejorar en el ámbito de la justicia tributaria horizontal y además, avanzar en la armonización de la tributación entre los Territorios Históricos. Entre las medidas previstas la más relevante es  la que sustituye la bonificación del 75 por 100 por la exención en el Impuesto de los elementos afectos y participaciones mencionados, cuando se cumplan determinados requisitos, al objeto de favorecer el tejido empresarial.

Aprobadas las medidas tributarias de Gipuzkoa

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 28 de diciembre de 2015, se ha publicado la NORMA FORAL 7/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias.

A través de  la NORMA FORAL 7/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias, se llevan a cabo reformas de calado en las figuras impositivas más destacadas del sistema tributario guipuzcoano, como son la aprobación de nuevas regulaciones en los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre la Renta de no Residentes y, en especial, en el Impuesto sobre Sociedades.

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