Alava extiende el plazo de presentación de las liquidaciones del IS con carácter general hasta el 27 de julio de 2020, regula el pago fraccionado, modifica el límite establecido para la compensación de bases imponibles negativas, amplía la regla general de gastos aplicable por las microempresas, incrementa la deducción por creación de empleo, establece la amortización acelerada para los elementos del inmovilizado material nuevos y crea dos nueva deducciones, una para la adquisición de materiales de limpieza, desinfección y otros elementos para garantizar la seguridad sanitaria y otra por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas, que también se aplica en el IRPF.
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava, de hoy, 8 de junio de 2020, se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 7/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 2 de junio. Aprobar medidas urgentes relacionadas con la COVID-19 y que afectan al IS e IRPF.
Alava adopta nuevas medidas relacionadas con dos impuestos básicos del sistema tributario. Por lo que se refiere al Impuesto sobre Sociedades se señala el plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones que, por el COVID-19 se extiende desde el 1 de julio del 2020 al 25 de septiembre de 2020 para microempresas y pequeñas empresas, sociedades patrimoniales, a las entidades parcialmente exentas y a las entidades sin fines lucrativos y resto de contribuyentes del IS el plazo se extiende desde el 1 de julio de 2020 al 27 de julio de 2020. Además se regula el pago fraccionado a efectuar durante el presente año y se introduce una importante modificación del límite establecido para la compensación de bases imponibles negativas.
También, por lo que se refiere a dicho tributo, se amplía la regla general de gastos aplicable por las microempresas, se incrementa la deducción por creación de empleo, se establece la amortización acelerada para los elementos del inmovilizado material nuevos que se adquieran entre la fecha de entrada en vigor de este Decreto Normativo de Urgencia Fiscal y el 31 de diciembre de 2020 y se crean dos nueva deducciones, una relacionada con la adquisición de materiales de limpieza, desinfección y otros elementos para garantizar la seguridad sanitaria y otra deducción por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas, que también se aplica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.