Foro de fiscalidad en España

Dos epigrafes de modulos a la vez

Quiero iniciar la actividad de venta de ropa en comercio al por menor, pero esa ropa va a ir serigrafiada con los dibujos que pidan los clientes y se lo haremos alli mismo. Entiendo que debo darme de alta en dos epigrafes del IAE, pero ¿qué pasaria si al final no hacemos las serigrafias?. ¿Debo pagar los modulos de un negocio ó de los dos? Entiendo que si en uno de ellos no se realiza actividad no deberia pagar. ¿Puede uno darse de alta en todos los epigrafes que considere necesario y luego no usarlos?

Alta IVA modelo 036

Hola a todos, tengo una duda, se trata que tengo que dar de alta en una empresa cuya actividad es exenta de IVA, una segunda actividad que es el alquiler de maquinaria médica la cual no está exenta.

La duda la tengo es en el modelo 036, pues al ser sectores diferenciados ¿sabéis si lo tengo que indicar en la página 5 de este impreso?

Gracias anticipadas

Sobre exención por reinversión vivienda habitual.

Buenos días.Unas dudas:

Estamos pensando en comprar, este año, una parcela con una casa pero el piso en el que actualmente vivimos seguirá, de momento,siendo nuestra vivienda habitual hasta que, por ejemplo, en 2013 lo vendiésemos, una vez mejora la actual situación. La consulta va encaminada a saber si lo obtenido por esa venta del piso (en 2013) lo podemos destinar a REFORMAR/AMPLIAR la actual vivienda que hay en la parcela o a CONSTRUIRNOS UNA NUEVA sobre la casa anterior. Es decir lo que queremos es aclarar:

¿Como justificar vivienda habitual?

Buenos días,
durante varios años tuve una cuenta vivienda por la cual me desgravaba y la cual termino convirtiéndose en el dinero dado para la compra de mi primera vivienda, entregada el año pasado.
Pues bien, el año pasado amortice parte de la hipoteca y este año al hacer la declaración de la renta me he querido desgravar por "Vivienda habitual".
Sin embargo, por parte de hacienda no se me considera como vivienda habitual, ni con la documentación presentada en la Primera alegación:
-Escritura de compraventa
-Desglose de amortizaciones del préstamo

cotizacion seguridad social

Hola, me encuentro trabajando para una empresa Francesa en Lille, ahora vivo entre esta ciudad y Castellon, aunque paso más de 8 meses en Lille al año. La empresa me ofrece una importante ayuda para definitivamente establecerme allí y tributar en Francia.
Podré quedarme totalmente exento de impuesto en españa? por otro lado me han comentado que al trabajar como Export manager tengo un incentivo de ausencia de irpf al viajar más de 120 días al año por otros países.
gracias

Duda de compra y renta

Hola, no se si sabras solucionarme o aclararme mis dudas, te explico: tengo intencion de comprar el 40 % de una casa, mis dudas: como me afecta comprar este 40 % ( 85000 ?)de la propiedad a la hora de hacer la renta ,me tocaria pagar, y a la hora de vender, , como reflejo esta compra en la renta, si vendiese esta propiedad antes de 3 años que pasaria, gracias y perdona las molestias.

supresion impuesto de sucesiones

Buenas tardes,

He escuchado y leido via prensa y televisión la posible aprobación para
la supresión del impuesto de Sucesiones.
Mi pregunta tiene que ver con el fallecimiento de mi madre este pasado 8
de junio de 2009. Actualmente mi padre y yo estamos en tramites para pagar
el impuesto. En todo caso si la supresion del impuesto se produjera
posteriormente al pago del mismo, ¿seria posible una devolución para
aquellos fallecidos durante este año 2009?

Muchas gracias.

Veronica G.
Barcelona

Cálculo del valor de adquisición

Buenos dias:

Mi padre, madre, i dos de tres hermanos compramos a partes iguales en 1981 una casa. Mi padre murió 1987 sin hacer testamento. Ni se hizo aceptación de la herencia, ni se liquidó el impuesto de sucesiones. En 2009 murió mi madre, dejando la mitad de su parte a un hermano i la otra mitad a partes iguales a los otros dos. Se liquidó el impuesto i, ante notario, se hizo la aceptación de las dos herencias. Ahora, en octubre hemos vendido la casa.

TIPO DE REGLA DE PRORRATA.

Hola,
Me encuentro con esta duda.
Si resulta que en el 1º y 2º trimestre he estado aplicando la regla general de prorrata, y me encuentro que en el 3º trimestre me resulta obligatoria la regla de prorrata especial. ¿que hago?

-Tengo que aplicar la regla especial en el 3ª trimestre, sin tenerla solicitada??
-Sigo aplicando la general en el 3º trimestre y aplico la especial en el 4º trimestre regularizando así la situacion??

Un saludo a todos.

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