José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga

Artículos escritos por José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga

Obligaciones fiscales de los autónomos

Obligaciones fiscales de los autónomos

El inicio de una actividad económica es, en muchos casos, una de las aventuras más apasionantes que puede emprender una persona en su ámbito profesional. Pero el cambio de trabajar por cuenta ajena, a hacerlo por cuenta propia, origina un conjunto de obligaciones fiscales que el autónomo debe conocer, incluso ya antes de empezar la actividad.

Las actividades económicas y profesionales pueden realizarse por:

  • Un empresario individual o autónomo.
  • Una sociedad mercantil (anónima o limitada).
  • Entidades sin personalidad jurídica (sociedades civiles y comunidades de bienes).

"Ignorantia juris non excusat", ¿entendemos las leyes tributarias?

"Ignorantia juris non excusat", ¿entendemos las leyes tributarias?

"La ignorancia no exime del cumplimiento de la ley (ignorantia juris non excusat o ignorantia legis neminem excusat) es un principio de Derecho que indica que el desconocimiento o ignorancia de la ley no sirve de excusa para su cumplimiento, porque rige la necesaria presunción de que si una ley ha sido promulgada, debe ser por todos conocida.

Las leyes tributarias y la obligación de los sujetos pasivos de contribuir con sus impuestos al sostenimiento del gasto público son una fuente permanente de disputa entre los contribuyentes y la Agencia Tributaria, ya que aunque no se tenga la voluntad de defraudar, el desconocimiento de las obligaciones fiscales y de las leyes tributarias suponen, en la práctica, un sin fin de sanciones para los contribuyentes por errores en la cumplimentación de los modelos tributarios y por incumplir la normativa vigente.

Los tres pilares del sistema tributario español: IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades

Los tres pilares del sistema tributario español: IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades

El sistema tributario español es generoso en figuras tributarias, tal es así, que en muchos casos pagamos impuestos  sin tan siquiera ser conscientes de ello, como por ejemplo en el caso de los impuestos especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas, los hidrocarburos, el tabaco y la electricidad, pero, sin embargo, otros están siempre presentes en nuestro calendario.

En el caso de los particulares, el IRPF está en la mente de todos, mientras que el IBI que se paga a los ayuntamientos sacude los bolsillos de los propietarios de bienes inmuebles.

¿Qué es el Compliance Officer, cuáles son sus funciones y en qué consiste la responsabilidad penal de las empresas?

Qué es el Compliance Officer, cuáles son sus funciones y en qué consiste la responsabilidad penal de las empresas?

La figura del Compliance Officer, es un trabajo cada vez más demandado dentro de las organizaciones, siendo la causa de esta creciente demanda, la necesidad de las empresas de analizar los principales aspectos que inciden su responsabilidad corporativa, sobre todo desde que en 2011, se aplican en nuestro ordenamiento jurídico , responsabilidades penales a las personas jurídicas.

El cumplimiento normativo o "compliance", tiene la función de detectar y gestionar los riesgos de incumplimiento de las obligaciones regulatorias internas y externas, mitigando los riesgos de sanciones y las pérdidas que se deriven de tales incumplimientos. Se hace patente, por lo tanto, definir procedimientos adecuados, como el establecimiento de políticas de actuación en diferentes materias, ya que el compliance necesita de un conocimiento multidisciplinar de la normativa que pueda afectar a las diferentes áreas de la empresa.

¿Cuánto nos pueden costar los errores en la cumplimentación de los modelos fiscales?

¿Cuánto nos pueden costar los errores en la cumplimentación de los modelos fiscales?

La Agencia Tributaria aplica el principio de "ignorantia juris non excusat" o "ignorantia legis neminem excusat", lo que quiere decir que la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley, en este caso de las leyes y procedimientos tributarios, de manera que los errores en la cumplimentación de los modelos impositivos puede salirnos cara, sobre todo si le causamos un perjuicio a Hacienda.

En el caso de que detectemos el error antes que la Agencia Tributaria, deberemos realizar una declaración complementaria, en cuyo caso, al no existir requerimiento previo de Hacienda, no se nos sancionará por el error, pero sí nos pueden sancionar por las cantidades no declaradas.

El cierre contable y fiscal del 2015: ajustes contables, elaboración de las cuentas anuales y novedades fiscales

El cierre contable y fiscal del 2015: ajustes contables, elaboración de las cuentas anuales y novedades fiscales

El cierre anual de la contabilidad, la consiguiente elaboración de los libros y cuentas anuales, así como la realización de los últimos ajustes fiscales, que determinarán la factura fiscal a pagar en el Impuesto sobre Sociedades, son todos asuntos de gran importancia para las empresas, sus directivos y administradores.

Con el cierre de la contabilidad, los estados financieros plasman la foto de la gestión de una empresa, tanto para los usuarios internos como para los externos, por lo que el desconocimiento de las novedades legislativas, así como errores en los ajustes de cierre, pueden suponer una distorsión de la información presentada, que puede devenir en contingencias fiscales y responsabilidades para los administradores.

Responsabilidades de los administradores en la elaboración de las cuentas anuales

En ocasiones, las cuentas anuales se firman por los administradores sin ser conscientes de la responsabilidad que esto supone, aunque también los contables, jefes de administración y directores financieros, deben de ser conscientes de la responsabilidad que están trasladando al órgano de administración de la sociedad  que confían en que las cuentas reflejan la imagen fiel y están libres de errores.

La lista de deudores de Hacienda de más de un millón de euros y otras novedades de los Procedimientos Tributarios

La lista de deudores de Hacienda de más de un millón de euros y otras novedades de los Procedimientos Tributarios

En la Edad Media, la Santa Inquisición tenia diferentes  formas de someter a determinados condenados a escarnio público, una era obligar a llevar un "capirote", que era un gorro en forma de cucurucho que se le ponía a un condenado en una plaza pública, al cual se le podía unir un "sambenito", que era una especie de saco de lana que se obligaba a vestir a los condenados. Con dichos atuendos los condenados eran paseados y humillados en las plazas públicas.

Los tiempos han cambiado, los delitos no son los mismos, las diferencias son obvias, pero el escarnio vuelve y a partir del 1 de diciembre, en este caso para los deudores, cuyas deudas superen un millón de euros con la Agencia Tributaria, ya que sus nombres se publicaran en una lista, para que todo aquel que esté interesado, pueda ver quien le adeuda al fisco.

Pero, si bien esta es una de las medidas que por su polémica, es más conocida a través de los medios de comunicación, la LEY 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, incorpora muchas más novedades de gran calado en materia de derecho tributario general y en la aplicación de determinados procedimientos tributarios, como el de inspección, o en materia sancionadora, que refuerza sustancialmente, las potestades de la Administración tributaria, en la lucha contra el fraude y establece nuevas obligaciones para los contribuyentes.

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