Bizkaia rebaja el IVA cultural al tipo reducido y completa el régimen fiscal de la UEFA 2020 en materia de tributos armonizados
Enviado por Editorial el Jue, 21/02/2019 - 15:00Bizkaia aplicará el tipo de IVA reducido del 10% a los servicios culturales, se completa el régimen aplicable a la sedes de la fase final de la «UEFA Euro 2020», de la que Bilbao será una de las sedes a efectos de tributos de regulación foral armonizada a la estatal y se establece la neutralidad fiscal en el IRPF, IS e IRNR de las reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva realizadas como consecuencia de las nuevas exigencias en materia de incentivos
En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 21 de febrero de 2019, se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2019, de 19 de febrero, por el que se modifica la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido y por el que se completa el régimen fiscal de la fase final de la UEFA Euro 2020.
De acuerdo con el Convenio Económico entre el Estado y el País Vasco, que está dedicado a regular los criterios de armonización del régimen tributario de los distintos territorios forales de Euskadi con el régimen tributario general del Estado, se establece con efectos desde el 1 de enero de 2019 la aplicación del tipo reducido del IVA (10 por ciento) a la creación artística y cinematográfica, recuperando así la aplicación del tipo reducido del impuesto a estos servicios esenciales de la industria cultural, que habían pasado a tributar al tipo impositivo general del 21 por ciento en el año 2012.
Se prorroga una vez más para el ejercicio 2019, los límites excluyentes para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca de 150.000 y 250.000 euros.