A partir del 1 de julio de 2019, se modifican las normas y procedimientos para la presentación de los correspondientes mensajes electrónicos, contemplándose la posibilidad de su presentación en Sede Electrónica de la AEAT a través de los «Servicios Web» o a través de la cumplimentación «On line» de los formularios disponibles en dicha Sede Electrónica.
En el BOE de 29 de abril de 2019, se ha publicado la Orden HAC/481/2019, de 26 de marzo, que aprueba las normas de cumplimentación del documento administrativo electrónico interno y el modelo 525 «Documento de acompañamiento de emergencia interno», aplicables en la circulación de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación en el ámbito territorial interno, cuya entrada en vigor va a tener lugar el próximo 1 de julio de 2019, derogando para ello su normativa anterior contenida en la Orden HAP/1229/2013, de 1 de julio de 2013.
Estas modificaciones han venido motivadas, por un lado, por el transcurso del tiempo desde la implantación en el ámbito interno del documento administrativo electrónico, y por otro, por diferentes modificaciones efectuadas en el reglamento de impuestos especiales por los Reales Decretos 1075/2017, de 29 de diciembre y 1512/2018, de 28 de diciembre. También la aprobación del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/503 de la Comisión, de 7 de marzo de 2018, por el que se modifica el Reglamento (CE) 684/2009 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2008/118/CE del Consejo en lo que respecta a los procedimientos informatizados aplicables a la circulación de productos sujetos a impuestos especiales en régimen suspensivo, en el ámbito intracomunitario (DOUE de 28 marzo), ha hecho necesario actualizar el documento administrativo electrónico interno al citado reglamento comunitario.