Régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español: nuevos modelos 149 y 151
Enviado por Editorial el Vie, 15/12/2023 - 14:09Se adapta la regulación de los modelos 149 y 151 a los cambios legales y reglamentarios introducidos por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre y el Real Decreto 1008/2023, de 5 de diciembre, respectivamente.
La Orden HFP/1338/2023, de 13 de diciembre (BOE de 15 de diciembre), aprueba el modelo 151 de Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para contribuyentes del Régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, así como el modelo 149 de Comunicación para el ejercicio de la opción por tributar por dicho régimen, y se modifica la Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación y otras normas referentes a la tributación de no residentes.