Novedades Legislativas

Deducción por obras de mejora en la vivienda: ampliación de los incentivos

Como se recordará el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y el Empleo creó en el IRPF una nueva deducción, concretamente, la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual. En líneas generales la mencionada deducción estaba regulada en los siguientes términos:

  • La deducción era por obras de mejora en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre.
  • Para contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 euros.
  • Podían deducirse el 10 por 100 de las cantidades satisfechas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012 por obras realizadas en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre, con un máximo de 12.000 euros por vivienda habitual.
  • Las obras tenían que tener por objeto, entre otros: la mejora de la eficiencia energética, la utilización de energías renovables, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, así como las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda.

IVA: Modificación del modelo 308

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, con efectos a partir del 1 de enero, añadió un nuevo párrafo segundo al apartado 4.º del artículo 21 de la Ley 37/1992 (Ley del IVA), por el que se establecía el derecho a solicitar la devolución del Impuesto soportado que no se hubiera podido deducir totalmente, previa justificación de su importe, por las entregas de bienes que realicen los Entes públicos o los establecimientos privados de carácter social a Organismos reconocidos que los exporten fuera del territorio de la Comunidad en el marco de sus actividades humanitarias, caritativas o educativas, previo reconocimiento del derecho a la exención.

Como consecuencia de ello se hace necesario modificar el modelo 308 «Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales», con el fin de introducir este nuevo supuesto en el modelo de declaración.

Estimación objetiva en el IRPF 2010: Reducción de los índices de rendimiento neto y del índice corrector por piensos

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha emitido informe por el que se pone de manifiesto que durante 2010 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización contenida en el artículo 37.4.1.º del RD 439/2007 (Rgto IRPF).

En base a ello, ha sido aprobada la Orden EHA/1034/2011, de 25 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2010 los índices de rendimiento neto y el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

 

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Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal entre España y Uruguay

El artículo 71 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de la Ley de Economía Sostenible, ya nos adelanta que van a ser muchos los convenios que España va a suscribir con otros países ya que con el fin de favorecer la internacionalización de la economía española, garantizar la seguridad jurídica de las inversiones transfronterizas y luchar contra el fraude fiscal, España va a reforzar su red de convenios para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, y de acuerdos para el intercambio de información en materia tributaria.

Una vez realizado este pequeño preámbulo pasamos a comentar que, en el BOE del día 12 de abril de 2011, se ha publicado el Convenio entre España y Uruguay para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 9 de octubre de 2009.

Aprobado el Reglamento de aplicación de la Directiva 2006/112/CE

En el DOUE de 23 de marzo de 2011 ha sido publicado el Reglamento de ejecución (UE) nº 282/2011 del Consejo de 15 de marzo de 2011 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (refundición), con entrada en vigor el 12 de abril de 2011 y aplicable, salvo alguna excepción, a partir del 1 de julio de 2011.

El objetivo del presente Reglamento es garantizar una aplicación uniforme del actual sistema del IVA, estableciendo para ello disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CE, en particular por lo que respecta a los sujetos pasivos, la entrega de bienes y la prestación de servicios y el lugar de realización de los hechos imponibles.

Nuevo modelo 111. Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF: rendimientos del trabajo de actividades económicas, premios…

Con entrada en vigor el 19 de marzo de 2011 y surtiendo efectos respecto de las autoliquidaciones de retenciones e ingresos a cuenta que correspondan al primer trimestre o, en su caso, a las del mes de marzo cuando se trate de autoliquidaciones mensuales, ambas de 2011 y siguientes, la Orden EHA/586/2011, de 9 de marzo, aprueba el modelo 111 de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.

La novedad más significativa contenida en esta disposición es la supresión del modelo 110 y la aprobación de un nuevo modelo 111 de autoliquidación que puede ser utilizado con carácter general por retenedores u obligados que deban realizar mensual o trimestralmente la declaración e ingreso de las cantidades retenidas.

Aprobado el modelo de declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2010

En la Orden EHA/585/2011, de 8 de marzo, se aprueba el modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2010, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación del mismo, se establecen los procedimientos de solicitud, remisión o puesta a disposición, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

Las novedades más relevantes del modelo de declaración se concentran en dar respuesta a lo establecido en el artículo 46.5 de la Ley 22/2009, de 18 diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, según el cual los modelos de declaración por el IRPF serán únicos, si bien en ellos deberán figurar debidamente diferenciados los aspectos autonómicos, con el fin de hacer visible el carácter cedido del Impuesto. De esta manera, las modificaciones efectuadas en el modelo tienen por objeto reforzar la percepción del Impuesto sobre el IRPF como un tributo parcialmente cedido y mejorar la visualización de los conceptos e importes en que se materializa dicha cesión. Dichas novedades se completan con mejoras técnicas que afectan a la ordenación de los anexos de la declaración.

Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal entre España y Albania

Convenio entre el Reino de España y  la República de Albania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Tirana el 2 de julio de 2010.

El mencionado Convenio, que se une a la larga lista de convenios suscritos por España con otros Estados o Reinos, entra en vigor el 4 de mayo de 2011 y se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes con ocasión de la exacción de los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales (cualquiera que sea el sistema de su exacción).

Los impuestos actuales a los que se aplica este Convenio son, en particular:

Nuevo texto legal en materia de cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad a nivel de la Unión Europea

La era de la mundialización lleva aparejada una creciente necesidad de los Estados miembros de una asistencia mutua en el ámbito de la fiscalidad. La Directiva 77/799/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1977, regulaba este aspecto, si bien, la misma ha dejado de ofrecer las medidas adecuadas dado el enorme incremento de la movilidad de los sujetos pasivos, el número de transacciones transfronterizas y la internacionalización de los instrumentos financieros. Por este motivo se ha creado un nuevo texto legal que entra en vigor el 11 de marzo de 2011: la Directiva 2011/16/UE del Consejo de 15 de febrero de 2011 relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad y por la que se deroga la Directiva 77/799/CEE.

Dicha Directiva es considerada como un instrumento adecuado con vistas al logro de una cooperación administrativa eficaz. En ella, se prevé una serie de medidas más claras y precisas al objeto de regular la cooperación administrativa entre los Estados miembros, cuando resulte necesario, con el fin de establecer, en particular por lo que respecta al intercambio de información, un ámbito de cooperación administrativa más amplio entre los Estados miembros.

 

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Publicada la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (LES) que acaba de publicarse, pieza básica de la Estrategia que con denominación similar fue aprobada por el Consejo de Ministros en noviembre de 2009, con el objetivo de contribuir a la renovación del modelo productivo de la economía española, hacia un modelo más sostenible desde el punto de vista económico, social y medioambiental, contiene e introduce importantes y numerosos cambios en disposiciones legales que explícita o implícitamente afectan al ámbito sociolaboral.

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