Incentivar con deducciones en el IRPF a los emprendedores extralimita las competencias de las CC.AA
Enviado por Editorial el Jue, 18/10/2012 - 10:37El Tribunal Constitucional, en sentencia publicada en el día de ayer, 17 de octubre de 2012, ha declarado inconstitucionales dos artículos de una norma autonómica –en concreto los arts. 6 y 7 Ley 10/2002 de Andalucía (Normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras)- por considerar que su contenido transgrede la competencia normativa atribuida a las Comunidades Autónomas por la entonces vigente Ley 21/2001 (Medidas Fiscales y Administrativas del nuevo sistema de financiación de las CCAA de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía), hoy superada por la Ley 22/2009 (Sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía), pero ambas con idéntico contenido en esta materia.
En concreto, el art. 38.1.b) de la citada Ley 21/2001 señalaba que: