Artículos de Tributación

Fiscalidad del carbono. Un nuevo escenario para la tributación del medio ambiente

La fiscalidad del medio ambiente, entendida como la ordenación de los tributos con la finalidad de intervenir en la protección del entorno natural por medio de efectos recaudatorios y sancionadores de actividades contaminantes, afronta en los últimos años uno de los mayores retos en el establecimiento de una nueva fiscalidad sobre el carbono y las emisiones de gases de efecto invernadero.
Tradicionalmente la fiscalidad verde, en su expresión más común, ha sido impulsada de una manera muy desordenada, poco estructurada, con la intervención de diferentes administraciones territoriales limitadamente coordinadas que han generado multiplicidad de tributos ineficientes, tanto desde la vertiente recaudatoria como en su carácter punitivo al daño medioambiental.
En el presente trabajo analizamos el nuevo paradigma al que se enfrenta la fiscalidad medioambiental, estructurada y ordenada por los organismos internacionales con la finalidad de obtener y conseguir un logro coordinado de los estados mediante la disminución de la temperatura del planeta como consecuencia de las emisiones de CO2. El ámbito tributario se configura como una herramienta clave en la obtención de los objetivos de un planeta «cero» emisiones.

Palabras clave: medio ambiente; carbono; tributos; extrafiscal; recaudación; contaminación.

Miguel de Haro Izquierdo
Profesor de Derecho Financiero y Tributario UCM/UFV (España)
Abogado

Gastos financieros asociados a la distribución de fondos propios

Análisis de las SSTS de 26 de julio, recs. núms. 4762/2020 y 5693/2020 y 21 de julio de 2022, rec. núm. 5309/2020

La presente colaboración se adentra en los pronunciamientos judiciales relativos a las operaciones de distribución de fondos propios a los socios o accionistas, bajo diversas técnicas jurídicas, financiadas mediante endeudamiento. La jurisprudencia sobre la materia se ha consolidado con las tres sentencias del Tribunal Supremo mencionadas en el encabezamiento, pero es lo cierto que el conflicto número 9, publicado por la Agencia Tributaria al tiempo de emitirse aquellas, ha añadido nuevos elementos de reflexión. Al hilo de ellos, se formula una sugerencia de reforma normativa a concretar con la transposición de la Directiva 2016/1164.

Eduardo Sanz Gadea
Inspector de la Hacienda del Estado (jubilado)

Impuestos sobre bienes inmuebles y sobre actividades económicas (casos prácticos)

A continuación, proponemos dos casos prácticos relativos al impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) y al impuesto sobre actividades económicas (IAE).
En relación con el IBI se examina la calificación de los bienes inmuebles como rústicos o urbanos, la condición de sujeto pasivo, la actualización de los valores catastrales, la entrada en vigor de nuevos valores catastrales, los tipos de gravamen diferenciados que se aplican en el impuesto, la aplicación de las bonificaciones potestativas, entre otras cuestiones.
Por lo que tiene que ver con el IAE se analiza la tributación de los supuestos de hecho planteados consistentes en la cuota a liquidar por una actividad económica que se desarrolla en un local y la cuota a liquidar por un local indirectamente afecto a la actividad económica, en la que esta no se ejerce, estando ambos locales situados en la misma localidad, se analizan también los puntos más relevantes que se producen en el proceso de liquidación del impuesto.

Palabras clave: impuesto sobre bienes inmuebles; impuesto sobre actividades económicas; casos prácticos.

Nicolás Sánchez García
Auditor de la Sindicatura de Cuentas de la Comunitat Valenciana
Profesor de CEF.- UDIMA (España)

El gravamen de rentas derivadas de un delito: análisis crítico

En los años 90 del pasado siglo se planteó la discusión de si se cometería un delito contra la Hacienda Pública en caso de que no se declararan los beneficios obtenidos de la comisión de un delito previo. Jurisprudencialmente, la cuestión fue resuelta a través de dos sentencias del Tribunal Supremo, correspondientes a los casos Roldán y Urralburu. Por su parte, la doctrina quedó dividida, pues hubo autores que se posicionaron a favor de esa posibilidad, otros se opusieron e, incluso, un tercer grupo adoptó posiciones intermedias –es posible el gravamen, pero solo en ciertos supuestos o mientras no concurran ciertos hechos–, si bien ninguno de ellos está conforme con la posición jurisprudencial. El presente trabajo repasa los argumentos utilizados por las distintas posturas de la doctrina y los criterios sentados por dichas sentencias, para efectuar un análisis crítico que explique cuál es la única posición que se considera conforme al ordenamiento jurídico, si bien se anticipa que no se considera que ninguna de las posturas haya realizado un examen completo de la cuestión.

Palabras clave: delito contra la Hacienda Pública; tributación de rentas ilícitas; Urralburu; Roldán; Nécora.

Eduardo Fernández Caramazana
Inspector de Hacienda del Estado (España)

Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Tributación.

El jurado ha estado compuesto por: don Julio García Saavedra, doña Eva María Martín Díaz, don Jesús Rodríguez Márquez, doña Aurora Ribes Ribes y don Eduardo Verdún Fraile.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

El Programa Europeo de Cumplimiento Cooperativo para Grandes Empresas Multinacionales (ETACA)

El presente trabajo tiene por objeto el análisis del programa europeo cooperativo para grandes empresas multinacionales, esto es, el denominado «ETACA» (European Trust and Cooperation Approach), que la Comisión Europea ha puesto en marcha recientemente y que se inspira en el ICAP (International Compliance Assurance Programme) desarrollado por la OCDE. El artículo examina el alcance y funcionamiento del programa ETACA, así como las principales diferencias que pueden observarse en relación con el ICAP de la OCDE. El estudio contiene en su parte final una serie de reflexiones de fondo acerca de la configuración y funcionalidad de estos programas (ETACA e ICAP) en el actual contexto post-BEPS de transformación del sistema tributario internacional.

Palabras clave: ETACA; cumplimiento tributario cooperativo; precios de transferencia.

José Manuel Calderón Carrero (autor de contacto)
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de A Coruña (España)


Alberto Quintas Seara
Profesor Ayudante Doctor de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de A Coruña (España)

Enfoque jurisprudencial de la responsabilidad solidaria en materia tributaria (I)

En este trabajo se examina, desde un enfoque jurisprudencial, las cuestiones más relevantes en materia de derivación de responsabilidad tributaria solidaria, por ser uno de los instrumentos más empelados últimamente por la Administración tributaria con la finalidad última de asegurarse el cobro efectivo de las deudas tributarias, declarando responsables del pago de tales deudas a un tercero ajeno a la relación jurídico-tributaria que originó la deuda principal. Al tal fin, se analizan las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en esta materia, ya que la normativa reguladora resulta extraña y poco precisa. Este trabajo se compone de dos partes. En la primera se hace referencia al marco normativo aplicable, incluyendo una serie de consideraciones generales. Además, se examina un conjunto de cuestiones relativas al procedimiento de declaración de responsabilidad solidaria y se analiza el alcance y extensión de la responsabilidad solidaria, mediante la exégesis de los apartados 1 y 2 del artículo 42 de la Ley General Tributaria.

Palabras clave: derecho tributario; derivación de responsabilidad solidaria; jurisprudencia.

José Ramón Aparicio de Lázaro
Letrado del Área Contencioso-Administrativo del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo
Funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid
Doctorando en Derecho y Economía-CEINDO (España)

Simulación relativa

Análisis de la STSJ del País Vasco de 25 de enero de 2022, rec. núm. 343/2020

La sentencia comentada aborda la posible existencia de simulación en una sociedad que presta servicios de asesoramiento inmobiliario a terceros a través de sus socias profesionales que, anteriormente, prestaban dicho servicio como personas físicas.
A juicio del tribunal el hecho de que la sociedad lleve a cabo su actividad con el único concurso de sus socias no representa una simulación, no es una estructura creada con el único fin de pagar menos impuestos. No queda acreditado cuál es la norma que se pretende eludir a través de formas jurídicas insólitas, artificiales y desproporcionadas que sirvan de norma de cobertura para evitar el efecto exigido por el ordenamiento jurídico tributario. Realmente se está ante una legítima economía de opción.

José Pedreira Menéndez
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Oviedo (España)

La ampliación del alcance del procedimiento de comprobación limitada debe acordarse antes (no contemporánea o posteriormente) del trámite de alegaciones que se abre con la propuesta de liquidación

Análisis de la STS de 3 de mayo de 2022, rec. núm. 5101/2020

Con su Sentencia de 3 de mayo de 2022, el Tribunal Supremo (TS) fija doctrina en cuanto al plazo para acordar la ampliación del alcance de un procedimiento de comprobación limitada. Concretamente, el Alto Tribunal va a sentar que tal ampliación debe decretarse de forma previa, no simultánea o posteriormente, a la comunicación de la propuesta de liquidación al obligado tributario para el trámite de alegaciones a esta (art. 138.2 Ley General Tributaria –LGT–).
Para alcanzar tal posición, el TS se fundamenta, por una parte, en una exégesis gramatical del precepto reglamentario (art. 164.1 LGT) que legitima la ampliación o reducción del alcance y, por otra, en una interpretación de tal disposición desde la perspectiva del derecho de defensa que se ejercita en el referido trámite de alegaciones.
Acorde con lo anterior, el Alto Tribunal concluye igualmente que la infracción de tal doctrina comporta la anulabilidad de la resolución del procedimiento de comprobación limitada en que se acuerde una ampliación más allá de tal plazo.
Finalmente, es de destacar también como el TS, sin llegar a fijar doctrina al respecto, sí que llega a insinuar que el artículo 164.1 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria incurre en exceso al permitir las ampliaciones de alcance sin respaldo en los preceptos que la LGT dedica al procedimiento de comprobación limitada.

Alfonso Sanz Clavijo
Profesor de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Cádiz (España)

Aspectos contables y fiscales de las provisiones

Análisis de la SAN de 22 de junio de 2022, rec. núm. 280/2019

La sentencia de referencia aborda dos cuestiones, a saber, la relativa a la deducción de una partida relacionada con un compromiso contractual, realizado en el contexto de un cambio de actividad, y la concerniente a la aptitud de unas acciones a los efectos de la deducción por reinversión. En la presente colaboración solamente se examina la primera, por cuanto la segunda ha perdido relevancia al no haber sido recogida tal deducción por la Ley 27/2014, la cual ha reproducido, básicamente, la regulación de las provisiones establecida en el texto refundido de la Ley del impuesto sobre sociedades (TRLIS).
La cuestión referida amerita el análisis de los aspectos contables y fiscales de determinadas provisiones.

Eduardo Sanz Gadea
Inspector de la Hacienda del Estado (jubilado)

El peaje fiscal de la eliminación de la doble imposición económica intersocietaria: análisis crítico multinivel

Con el artículo 65 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, se excluye de la corrección de la doble imposición económica intersocietaria un 5 % de los dividendos o beneficios distribuidos en concepto de «gastos de gestión» de la participación, tanto en el método de exención (art. 21.10 LIS) como en el de imputación ordinaria (art. 32.4 LIS). Esta novedosa restricción, inédita hasta ahora en nuestro ordenamiento tributario, es de rabiosa actualidad y va a aplicarse por primera vez en la próxima e inminente autoliquidación del impuesto sobre sociedades del ejercicio fiscal de 2021. Aun cuando tiene su amparo formal en el artículo 4.3 de la Directiva Matriz-Filial, plantea, en función de la concreta estructura corporativa, problemas jurídicos en un triple nivel normativo: iuscomunitario, constitucional y convencional (CDI). Esta problemática tridimensional, se agrava sobremanera con la sincrónica transposición interna de la Directiva ATAD, por cuya agrietada regulación se filtra, como imprevisto efecto colateral, el espectro de una transparencia fiscal «sobrevenida».

Palabras clave: doble imposición económica; gastos de gestión de la participación; Directiva Matriz-Filial; capacidad económica.

Jorge de Juan Casadevall
Abogado del Estado (Exc.). Doctor en Derecho
Socio Área Fiscal, Crowe Legal y Tributario
Profesor de Derecho Financiero y Tributario. UIC (España)
Académico de la Real Academia de la Jurisprudencia y Legislación

Este trabajo ha obtenido el 1.er Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Tributación.

El jurado ha estado compuesto por: don Julio García Saavedra, doña Eva María Martín Díaz, don Jesús Rodríguez Márquez, doña Aurora Ribes Ribes y don Eduardo Verdún Fraile.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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