La base imponible de las operaciones no declaradas se entiende "IVA incluido"
Enviado por Editorial el Jue, 19/10/2017 - 07:47Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto sobre Sociedades y las sanciones concurrentes deben aplicarse sobre la base imponible de las operaciones descubiertas “IVA incluido”
El Tribunal Supremo ha dictado su sentencia de 27 de septiembre de 2017, dictada en el entorno del nuevo diseño del recurso de casación que operó la reforma introducida por la Ley Orgánica 7/2015 en la Ley 29/1998 (LJCA), y que nos tiene a la espera de pronunciamientos sobre temas interesantísimos –como es el caso-, a juzgar por los autos de admisión que ha ido publicando el Tribunal en los últimos meses.