Álava: Ampliación del supuesto de la dación en pago
Enviado por Editorial el Lun, 10/03/2014 - 12:19Mediante la Norma Foral 7/2014, de 26 de febrero, publicada en el Suplemento Boletín Oficial de Alava del hoy, 10 de marzo de 2014, se modifica la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, con el fin de ampliar el supuesto de hecho introducido por la Norma Foral 7/2012, de 23 de abril, de modificación de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, por el que se estableció que en las transmisiones de terrenos como consecuencia de la ejecución hipotecaria de la vivienda habitual, tendría la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente la persona física o jurídica, o la entidad, adquirente del terreno, impidiéndose, en estos casos, a dicho sustituto repercutir la obligación tributaria satisfecha. Mediante esta modificación, se incluye en el supuesto de la dación en pago de la vivienda previsto en el RDLey 6/2012, de 9 de marzo, para que tenga la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente la entidad adquirente del inmueble, impidiéndose, igualmente en estos casos, a dicho sustituto repercutir la obligación tributaria satisfecha.