El IVA de caja en el Territorio Histórico de Alava
Enviado por fiscalimpuestos el Mié, 11/12/2013 - 12:13El 1 de enero de 2014 será aplicable en el Territorio Histórico de Alava, al igual que en el resto del territorio estatal, el nuevo régimen especial del criterio de caja del Impuesto sobre el Valor Añadido, de acuerdo con los establecido en el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 5/2013 del Territorio Histórico de Alava, de 3 de diciembre, que adapta a la normativa tributaria alavesa el nuevo Régimen especial del criterio de caja introducido en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadidopublicado el día de hoy, 11 de diciembre de 2013, en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava, para acomodar los normativa alavesa a la modificación que ha experimentado la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido en el régimen común.
Este régimen se establece en el territorio común del Estado mediante la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización y en materia de Seguridad Social de apoyo al emprendedor, para paliar los problemas de liquidez y de acceso al crédito de las empresas.