Novedades Legislativas

Bizkaia duplica el tipo de gravamen máximo de la plusvalía (IIVTNU) y publica las normas forales reguladoras del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

Bizkaia modifica el IIVTNU y aprueba el Impuesto sobre las Transacciones Financieras y sobre Determinados Servicios Digitales. Imagen de portátil para pago de impuestos online

Bizkaia exigirá con efectos desde el 16 de enero de 2021, el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales que grava servicios digitales en relación con los cuales existe una participación de los usuarios y usuarias que constituye una contribución al proceso de creación de valor de la empresa que presta los servicios, y a través de los cuales la empresa monetiza esas contribuciones de los usuarios y usuarias y el Impuesto sobre las Transacciones Financieras que grava las adquisiciones de acciones con independencia de la residencia de las personas o entidades que intervengan en la operación y además eleva hasta el 30 por ciento el tipo máximo de la plusvalía (IIVTNU) a exigir por los Ayuntamientos de Bizkaia.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 27 de junio de 2022 se han publicado la NORMA FORAL 3/2022, de 22 de junio, de modificación de la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana; la NORMA FORAL 4/2022, de 22 de junio, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y la NORMA FORAL 5/2022, de 22 de junio, del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, junto con la NORMA FORAL 6/2022, de 22 de junio, de establecimiento y regulación de las tasas por la prestación de servicios, actuaciones y actividades inherentes a la obtención, expedición y acreditación del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera.

Mediante la NORMA FORAL 3/2022, de modificación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, eleva hasta el 30 por ciento el tipo máximo de la plusvalía (IIVTNU) a exigir por los Ayuntamientos de Bizkaia. Mediante esta norma se duplica este tipo máximo permitido, antes establecido en el 15 por ciento.

Se prorrogan medidas en materia de fiscalidad energética y del tipo impositivo del IVA de productos para combatir la COVID-19 (RDL 11/2022)

Real Decreto Ley 11/2022, de 25 de junio: medidas fiscales. Imagen de dos obreros mirando un ordenador portátil

Se rebaja el tipo impositivo del IVA de la luz del 10% al 5% y se mantiene la reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad del 5,11269632% al 0,5% hasta el 31 de diciembre 2022. Se mantiene la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica durante el tercer y cuarto trimestres naturales del año 2022. También se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la reducción del IVA al 4 por ciento de las mascarillas quirúrgicas desechables.

En el BOE de 26 de junio de 2022 y en vigor al día siguiente, se ha publicado el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma (RDL 11/2022). En esta norma se prolongan hasta el 31 de diciembre de 2022 las medidas fiscales para mitigar el encarecimiento de la energía derivado de la invasión rusa de Ucrania. También se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la reducción del IVA al 4 por ciento de las mascarillas quirúrgicas desechables. Para mitigar el aumento del precio de los carburantes, se mantiene la bonificación de 20 céntimos por litro de combustible hasta el 31 de diciembre de 2022 y también continúan las ayudas directas al sector gas intensivo.

Álava modifica el régimen fiscal de las donaciones de productos en el IVA y retrasa el cumplimiento de la obligación TicketBAI hasta el 1 de diciembre de 2022 y exonera de ella a determinados contribuyentes del IRPF

Álava armoniza la normativa foral de IVA y retrasa el cumplimiento de la obligación TicketBAI exonerando a determinados contribuyentes del IRPF. Imagen de una trampa para billetes

Alava modifica su normativa foral del IVA para alterar el régimen fiscal de las donaciones de productos en este impuesto, con efectos desde el 10 de abril de 2022 y debido a los acontecimientos excepcionales e inesperados sucedidos en los últimos meses retrasa hasta el 1 de diciembre de 2022 el cumplimiento de la obligación TicketBAI así como se exonera de ello a los contribuyentes del IRPF que a fecha 31 de diciembre de 2021 vinieran ejerciendo una actividad económica y que tengan una edad cercana a la de su jubilación

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy se han publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 8/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 14 de junio que aprueba la modificación del Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, del Impuesto sobre el Valor Añadido  y el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 9/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 14 de junio que aprueba diversas medidas en relación con la obligación TicketBAI.

El Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 8/2022 que aprueba la modificación del Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, del Impuesto sobre el Valor Añadido incorpora en el ordenamiento tributario alavés la modificación efectuada en la Ley 37/1992 por la  Ley 7/2022 de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, ha modificado la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido para alterar el régimen fiscal de las donaciones de productos en este impuesto, con efectos desde el 10 de abril de 2022. Mediante esta modificación se establece que  las donaciones de bienes que se realicen a entidades sin fines lucrativos se les aplicará un tipo del cero por ciento, siempre que dichos bienes se destinen a los fines de interés general que desarrollan dichas entidades  y se establece una presunción de deterioro total en la valoración de los bienes objeto de autoconsumo externo cuando sean adquiridos por entidades sin fines lucrativos siempre que dichos bienes se destinen a los fines de interés general que desarrollan dichas entidades.

Proyecto de Real Decreto que adapta diversos reglamentos a la nueva Ley Antifraude

proyecto decreto antifraude

El Ministerio de Hacienda ha publicado un Proyecto de Real Decreto que modifica los reglamentos de desarrollo de la Ley 58/2003 (LGT) y los reglamentos del IRPF, IVA e ISD.

Con motivo de la aprobación de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, se han establecido diversas normas contra la elusión fiscal que inciden en el mercado interior, y, por tanto, requieren la modificación de los reglamentos mencionados.

Convenios fiscales con los que España notifica la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones del Convenio multilateral BEPS

Convenio multilateral BEPS: notificaciones por las que España confirma la conclusión de los procedimientos internos en relación con ciertos convenios fiscales. Imagen de una bola del mundo

En el BOE de 21 de junio de 2022 se ha publicado, en relación con el Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (hecho en París el 24 de noviembre de 2016), la notificación de España al Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), como depositario del Convenio, de conformidad con las disposiciones de su artículo 35.7.

En primer lugar, se contiene en el documento la notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para que surtan efecto las disposiciones del Convenio en relación con los siguientes convenios fiscales comprendidos en virtud del artículo 35.7.a).i):

Modificación del plazo de ingreso en período voluntario de los recibos del IAE 2022 para cuotas nacionales y provinciales

Impuesto actividades económicas

El plazo de ingreso en período voluntario de los recibos del IAE del ejercicio 2022 para cuotas nacionales y provinciales comprende desde el 15 de septiembre hasta el 21 de noviembre de 2022.

Al igual que en años anteriores, la Resolución de 8 de junio de 2022(BOE de 15 de junio de 2022), del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2022 relativos a las cuotas nacionales y provinciales, quedando fijado desde el 15 de septiembre hasta el 21 de noviembre de 2021, ambos inclusive.

Deducciones en IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas ¿qué ha cambiado del Real Decreto-Ley 19/2021 a la Ley 10/2022?

IRPF, deducciones mejora eficiencia energética viviendas. Imagen de un trabajador profesional instalando paneles solares en el techo de una casa

Deducciones temporales por actuaciones que reduzcan: un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual; un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual y un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales.

La Ley 10/2022, de 14 de junio (BOE de 15 de junio y en vigor el 16 de junio), de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (L 10/2022), es el resultado del paso por el Parlamento del Real Decreto-Ley 19/2021, de 5 de octubre (RDL 19/2021). Los cambios relacionados a continuación, relativos al área fiscal, son puntuales.

Colaboración social en la gestión de los tributos: ampliación de supuestos y de sujetos colaboradores

Colaboración social en la gestión de los tributos: ampliación de supuestos y de sujetos colaboradores. Imagen de una apretón de manos de una mujer y un hombre sobre unos papeles

Se extiende la colaboración social en la aplicación de los tributos a nuevos supuestos y se actualizan referencias normativas en su regulación

La Orden HFP/534/2022, de 6 de junio (BOE de 11 de junio de 2022 y en vigor el 12 de junio), modifica la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

Las modificaciones llevadas a cabo en la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, se refieren, por un lado, a ampliar los supuestos de colaboración social y de sujetos colaboradores y, por otro lado, a actualizar las referencias normativas existentes en la citada norma.

La DGT adapta a la nueva doctrina del TS el Manual de aplicación de beneficios fiscales sobre los gastos de propaganda y publicidad para promover acontecimientos de excepcional interés público

La DGT adapta a la nueva doctrina del TS el Manual de aplicación de beneficios fiscales sobre los gastos de propaganda y publicidad para promover acontecimientos de excepcional interés público. Imagen de una carrera de bicis

El Tribunal Supremo, en varias Sentencias (SSTS de 20 de julio de  2021 -recs. núms. 1773/2018 y 4081/2018 -; de 21 de julio de 2021 -rec. núm. 6716/2017-; de 2 de noviembre de 2021 -rec. núm. 3274/2019-, de 2 de noviembre de 2021, y de 26 de abril de 2022 -rec. núm. 2897/2019), ha sentado doctrina jurisprudencial  en relación de como se ha de calcular la deducción en el Impuesto sobre Sociedades del 15 por 100 de los gastos de propaganda y publicidad para la difusión de acontecimientos de excepcional interés público, prevista en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, en relación con la adquisición de los envases que lleven incorporado el logotipo de tales acontecimientos, debiendo distinguirse, dentro del soporte o vehículo de la publicidad, entre la parte que cumple una función estrictamente publicitaria y la parte que cumple otras funciones vinculadas con necesidades ordinarias de la actividad empresarial; o, por el contrario, si la aplicación de la deducción se ha de realizar sobre el coste total de los envases que incorporan el logotipo de los acontecimientos como base de la deducción, señalando que se ha de realizar sobre el coste total de los envases que incorporan el logotipo de los acontecimientos como base de la deducción.

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