En el siglo XXI nadie niega el papel que las entidades sin fines lucrativos desempeñan en la consecución de fines de interés general a nivel global, ni el peso económico que representan en la economía mundial. Cuando la crisis de 2008 nos hizo dudar de la capacidad del establishment para sacarnos de ella, muchos nos sentimos reconfortados por su existencia. Los gobiernos a través de sus diferentes políticas públicas reconocen su papel relevante en las sociedades. Una de ellas es la política fiscal. Es por ello que estas entidades y el sector privado que participa en su financiación son merecedoras de un régimen fiscal especial y de beneficios fiscales en la mayoría de los sistemas tributarios del mundo.
En el Estado español, este régimen fiscal se aprobó en 2002 y ha sido objeto de pocas y puntuales reformas en sus diecisiete años de vigencia. Su reforma forma parte permanentemente de la agenda política de los gobiernos, pero nunca llega a culminarse. La presente contribución efectúa un análisis de algunos elementos de este régimen fiscal que deben ser objeto de modificación sin mayor dilación, por diversas razones, y realiza una serie de propuestas de lege ferenda, a la luz de pronunciamientos jurisprudenciales de orden interno y comunitario, de doctrina administrativa consolidada, así como de las lecciones extraídas de la experiencia de otros Estados miembros de la Unión Europea.
Palabras clave: entidades sin fines lucrativos; fiscalidad española; jurisprudencia comunitaria; libertades fundamentales UE; propuestas de reforma legislativa.
Gemma Martínez Bárbara
Jefa del Servicio de Política Fiscal.
Hacienda Foral de Bizkaia
Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio «Estudios Financieros» 2019 en la modalidad de Tributación.
El jurado ha estado compuesto por: don Isaac Merino Jara, don Ignacio Corral Guadaño, don Jesús López Tello, doña Saturnina Moreno González, don Enrique Ortiz Calle y don Eduardo Verdún Fraile.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.