Artículos de Tributación

Irregularidad de rentas de la actividad económica en el IRPF

Análisis de las SSTS de 19 y 20 de marzo de 2018, recs. núms. 2070/2017 y 2522/2017, respectivamente

A través de las siguientes páginas se efectuará un comentario sobre las recientes Sentencias del Tribunal Supremo de 19 y 20 de marzo de 2018, que fijan doctrina acerca de las condiciones para aplicar la reducción por irregularidad en los rendimientos de actividades económicas sujetos al IRPF. La trascendencia de la jurisprudencia que estas sentencias suponen se comprueba si se tiene en cuenta la alta conflictividad que ha existido en los últimos años en esta materia, que ha dado lugar a resoluciones judiciales contradictorias y hasta a un cambio normativo cuyo único objetivo era combatir la previa jurisprudencia que ya había marcado el Tribunal Supremo en resoluciones de 2004 y 2008.

Esaú Alarcón García
Profesor de la Universidad Abat Oliba-CEU
Académico correspondiente de la RAJyL

El International (Tax) Compliance Assurance Programme (ICAP) desarrollado por la OCDE: ¿Hacia nuevos modelos multilaterales y cooperativos de control fiscal de grandes contribuyentes?

Este trabajo expone el funcionamiento y elementos más relevantes del «Programa internacional de cumplimiento y aseguramiento de riesgos fiscales» (ICAP) que ha desarrollado recientemente la OCDE con el objetivo de mejorar los niveles de seguridad jurídica en materia tributaria a través de un mecanismo multilateral que coordina el análisis de riesgos fiscales internacionales por parte de distintas administraciones tributarias en relación con grupos de empresas multinacionales obligadas a presentar el informe fiscal país por país.

Palabras claves: programa internacional de cumplimiento y aseguramiento de riesgos fiscales; mecanismos de control de riesgos fiscales; informe fiscal país por país; riesgos fiscales; precios de transferencia; establecimiento permanente; cumplimiento cooperativo; BEPS.

José Manuel Calderón Carrero
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de A Coruña

Problemática actual de las exenciones relativas a las retribuciones en especie en el impuesto sobre la renta de las personas físicas

El presente trabajo plantea un análisis exhaustivo de los diferentes supuestos de no sujeción y exención que se encuentran en la regulación del impuesto sobre la renta de las personas físicas. En este sentido se realiza un examen crítico de cada una de las figuras a la luz de la reciente modificación normativa operada por el Real Decreto 1074/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.

Palabras claves: impuesto sobre la renta; rendimiento del trabajo; rendimiento en especie; exención, beneficio fiscal.

Antonio Vaquera García
Profesor titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de León

¿Se aplica la reducción del 60 % prevista en el artículo 23.2 de la LIRPF para arrendamientos de bienes inmuebles con destino a «vivienda» en supuestos de alquileres de temporada y, particularmente, en alquileres turísticos?

Análisis de la RTEAC de 8 de marzo de 2018, R. G. 5663/2017

Se debate en la resolución comentada si la reducción del 60% sobre los rendimientos netos del capital inmobiliario prevista en el artículo 23.2 de la LIRPF en el caso de «arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda» resulta aplicable a los alquileres de viviendas de temporada y, particularmente, en el supuesto de vivienda vacacional. El TEAC interpreta, como ya lo hiciera antes la Dirección General de Tributos, que la reducción antes referida solo pueda aplicarse en «arrendamientos de vivienda» tal y como se definen en el artículo 2.1 de la LAU, esto es, cuando el inmueble en cuestión tenga por destino primordial «satisfacer la necesidad permanente de vivienda». Ello puede llevar a algunas deficiencias de interpretación en supuestos de arrendamientos de temporada distintos de los vacacionales y, por otro lado, parece resultar en gran medida inconsistente con la doctrina del centro directivo antes referido en el ámbito del IVA.

Manuel Lucas Durán
Profesor titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Alcalá

Los derechos y las garantías del contribuyente en el procedimiento económico-administrativo: del mito a la realidad

De un tiempo a esta parte, se viene observando en las resoluciones de los tribunales económico-administrativos una doctrina reiterada sobre diferentes cuestiones que afectan a los derechos y garantías de los contribuyentes reconocidos en la Ley General Tributaria que, como es sabido, no son declaraciones programáticas sino mandatos legales que obligan a los poderes públicos. La Agencia Estatal de Administración Tributaria y los tribunales económico-administrativos deben aplicar aquellos sin utilizar interpretaciones restrictivas que condicionen la efectividad de los mencionados derechos y garantías y actuando, como órganos administrativos que son, de forma coordinada. Desde una perspectiva de lege ferenda, debe acometerse de inmediato la reforma de aquellos preceptos legales y reglamentarios que suministran una información equívoca a los contribuyentes en orden al cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo con la jurisprudencia más reciente. En particular, nos referimos al cómputo de plazos para la interposición de recursos que puede provocar extemporaneidad, el tiempo y la forma en la aportación de la prueba y la «interpretación razonable» de la norma en materia de la responsabilidad por infracciones tributarias.

Palabras claves: derecho; garantía; plazo; prueba; sanción.

Alfonso García-Moncó Martínez
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Alcalá

La litispendencia del proceso penal por delito contra la Hacienda Pública

El propósito de este trabajo es poner de manifiesto que el actual modelo de relación entre los procedimientos tributarios y el proceso penal por delito contra la Hacienda Pública –desarrollado en el título VI de la Ley General Tributaria– no resuelve los problemas interpretativos derivados de la concurrencia de facultades y competencias que la ley atribuye a los órganos de la Administración tributaria y a los órganos de la jurisdicción penal con respecto a la persecución del fraude fiscal de mayor gravedad. A tal efecto, nuestro objeto de estudio son las normas (administrativas y procesales) que regulan el cauce formal a seguir cuando, en un procedimiento de inspección tributaria, se manifiestan indicios de la posible comisión de un delito contra la Hacienda Pública. Para ello, partiendo del principio de no duplicidad sancionadora, primero analizaremos los efectos jurídicos derivados de la aplicación de la figura de la litispendencia penal a las facultades de liquidación, recaudación y sancionadora de los órganos de la Administración tributaria para, seguidamente, explorar las situaciones que se producen en aquellos casos en los que la actuación de un juez de lo penal pueda concurrir con la actuación de un juez de lo contencioso-administrativo.

Palabras claves: litispendencia penal; delito fiscal; procedimientos tributarios; principio de no duplicidad sancionadora.

Joan Iglesias Capellas
Abogado en Crowe Horwath
Doctor en Derecho
Inspector de Hacienda (ex)

La herencia a beneficio de inventario: Problemática fiscal de una figura anómala

La situación civil creada cuando se acepta una herencia a beneficio de inventario constituye una cuestión que se considera carente de regulación en el orden fiscal.
Ante el impuesto sobre sucesiones se entiende, conforme a la reciente reforma del Código Civil, que no se tributa hasta que finalice el periodo de administración y liquidación, siempre y cuando exista un «remanente» heredable.
El principal problema fiscal es el de su enfoque desde el punto de vista del IRPF, ya que, mientras dura esta situación, se entiende que no es de aplicación el régimen de atribución de rentas, previsto, por ejemplo, para las herencias yacentes; por ello es imposible atribuir rentas, variaciones patrimoniales o retenciones a cuenta del heredero, y se concluye que, ante este impuesto, no se trata de una entidad susceptible de imposición; otra cosa será con el IVA.
En el orden fiscal solo se contemplan las herencias yacentes, pero la herencia a beneficio de inventario es una situación absolutamente distinta y por ello no cabe extenderla al régimen de las herencias yacentes.
Se concluye que estamos ante un vacío legal que merece ser considerado para su solución en el orden tributario, por vía normativa, de jurisprudencia o de criterios interpretativos oficiales.

Palabras claves: vacío legal; entidades en atribución de rentas; herencia yacente.

Juan Zurdo Ruiz-Ayúcar
Abogado

Valoraciones, un tanto escépticas, de las propuestas de directivas de BICIS y BICCIS

En tiempos recientes hemos asistido a la reactivación de la iniciativa de BICCIS a través del Plan de Acción para la creación de un impuesto sobre sociedades justo y eficaz en la Unión Europea de junio de 2015, y actualmente se encuentra en fase de propuestas de Directivas de BICIS y BICCIS. Así las cosas, en este estudio se va a analizar la «nueva» reactivación de la iniciativa de BICCIS desde varias perspectivas: primero, desde el objetivo de lograr la armonización fiscal de la imposición directa a través de un instrumento de hard law; segundo, valorar qué papel tienen dentro de la BICCIS los resultados obtenidos por la Directiva ATAD; tercero, analizar los (escasos) resultados obtenidos por la BICCIS hasta la fecha; y cuarto, se realizan diversas valoraciones críticas en atención a una serie de cuestiones, tales como si se ha cumplido el objetivo propuesto, el papel que va a desempeñar, o si va a contribuir o no a erradicar la erosión de las bases imponibles.

Palabras claves: BICCIS; BICIS; Directiva ATAD; armonización fiscal; erosión de bases imponibles; BEPS.

Guillermo Sánchez-Archidona Hidalgo
Área de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Málaga

La resolución de litigios fiscales en la Unión Europea

La Directiva 1852/2017/UE del Consejo de 10 de octubre de 2017, relativa a los mecanismos de resolución de litigios fiscales en la Unión Europea, tiene como objetivo conseguir que la resolución de esos litigios sea realizada de una manera justa, transparente y eficaz en el espacio europeo. Esta Directiva determina los mecanismos y los procedimientos para la resolución de los litigios tributarios derivados de la aplicación de los tratados bilaterales, lo que hará posible una mejor configuración del mercado interior.

Palabras claves: interpretación y aplicación de los convenios para evitar la doble imposición; resolución de conflictos tributarios; el arbitraje internacional en la fiscalidad transnacional.

Jesús Félix García de Pablos
Doctor en Derecho
Profesor de la Escuela de Práctica Jurídica. UCM
Profesor de Derecho Financiero y Tributario. UNED

Límites a la regularización de bases imponibles negativas y saldos por IVA originados en periodos prescritos

Análisis de la STS de 20 de diciembre de 2017, rec. núm. 1890/2016, y de la RTEAC de 15 de febrero de 2017, R. G. 1812/2011

Frente al plazo general de prescripción de cuatro años previsto en el artículo 66 de la Ley General Tributaria, el nuevo artículo 66 bis establece un plazo de diez años para iniciar la comprobación de bases, cuotas y deducciones compensadas o pendientes de compensación. Recientes pronunciamientos del TEAC y del TS, aun dictados en relación con el marco jurídico previo a la modificación de la Ley General Tributaria por Ley 34/2015, de 21 de septiembre, limitan de forma importante su ámbito de aplicación, excluyendo los saldos por IVA a compensar del nuevo plazo de diez años. Desde el punto de vista procedimental, se determina también la imposibilidad de regularizar en periodos posteriores las bases o cuotas compensadas si el periodo de origen ya fue comprobado y la liquidación anulada en vía administrativa o judicial.

Eva María Cordero González
Profesora titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Oviedo

Páginas