Artículos de Tributación

El impuesto sobre sociedades del futuro

En 2016 se dio a conocer el plan de reforma fiscal del Partido Republicano norteamericano, que incluía la inusual proposición de sustituir el impuesto sobre sociedades por otro de nueva planta que gravaría el beneficio societario en el lugar de destino y sobre una base definida por los flujos de tesorería. A este gravamen se atribuyen propiedades tan encomiables como fomentar el crecimiento y el empleo o acabar con la subcapitalización y el problema de los precios de transferencia.
Desde entonces, innumerables han sido las publicaciones, conferencias y debates sobre el impuesto sobre sociedades en destino, máxime cuando los republicanos ganaron las elecciones. La trascendencia de esta innovación radica en que, si las virtudes que se le atribuyen son ciertas, cambiará la fisonomía del impuesto societario a nivel mundial.
En este artículo describimos el impuesto, sus pros y contras, y analizamos la posibilidad de que pase de mero proyecto a derecho positivo, con los efectos que ello comportaría.

Palabras claves: impuesto sobre sociedades; impuesto sobre flujos de tesorería; imposición en destino.

Ubaldo González de Frutos
Inspector de Hacienda del Estado

Este trabajo ha obtenido el Accésit Premio Estudios Financieros 2017 en la modalidad de Tributación.
El jurado ha estado compuesto por: don Gaspar de la Peña Velasco, don Alejandro Blázquez Lidoy, don Antonio Montero Domínguez, don Jesús Quintas Bermúdez, don Fernando Serrano Antón y don Eduardo Verdún Fraile.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

¿Un nuevo paso hacia la exención en el IRPF de las indemnizaciones a los directivos por desistimiento empresarial? No aún es NO

Análisis de la SAN de 8 de marzo de 2017 (rec. núm. 242/2015)

Con su Sentencia de 8 de marzo de 2017, la Audiencia Nacional se pronuncia a favor de la exención en el IRPF de las indemnizaciones que perciben los altos directivos en los supuestos de desistimiento empresarial.
Para alcanzar tal conclusión, el citado tribunal analiza el precepto que regula tales resarcimientos –art. 11.Uno del RD 1382/1985–, considerando, a la luz de la STS de 22 de abril de 2014, que el mismo contiene una cuantía mínima obligatoria para estas indemnizaciones, presupuesto básico para acceder a la exención en el impuesto ex artículo 7, letra e) de la LIRPF.
Tal interpretación del artículo 11.Uno del Real Decreto 1382/1985 no es ni mayoritaria ni pacífica, razón por la cual se cree que el pronunciamiento de la Audiencia Nacional no es correcto en ese sentido por alejarse de lo verdaderamente sentado con la STS de 22 de abril de 2014.
Lo anterior, la inexistencia de una cuantía mínima obligatoria para tales indemnizaciones, comporta que las mismas sigan considerándose rendimientos del trabajo no exentos, o lo que es lo mismo, que frente a la novedosa doctrina de la SAN de 8 de marzo de 2017 debe reiterarse la plena vigencia de la tesis de la STS de 21 de diciembre de 1995 negadora de la exención en el IRPF de tales rentas.

Alfonso Sanz Clavijo
Profesor de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Cádiz

La compleja relación entre las consultas tributarias vinculantes y los pronunciamientos judiciales

El principal objetivo del presente trabajo es analizar la poliédrica relación entre los efectos vinculantes de las consultas tributarias escritas y los pronunciamientos judiciales, en concreto desde una triple perspectiva: valorando su papel en los enjuiciamientos de origen nacional, precisando los cambios jurisprudenciales como límite a los mismos y determinando las especialidades de las sentencias prejudiciales y de incumplimiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto. Asimismo, se analizarán y criticarán las diferentes consecuencias de tales consideraciones, con el fin de clarificar sus efectos respecto a los diferentes obligados tributarios y poner de manifiesto las carencias que presenta en este punto nuestro ordenamiento (especialmente ante el principio de primacía del Derecho de la Unión Europea). Y es que la precisión de tales cuestiones, que no ha estado exenta de opiniones contrapuestas, resulta del todo imprescindible para dotar a las consultas tributarias escritas de la eficacia e importancia que merecen, por cuanto, tanto por la amplitud de su objeto como por sus efectos vinculantes para la Administración, son una de las actuaciones que forman parte del derecho de información de los obligados tributarios más relevante y completa.

Palabras claves: consultas tributarias; efectos vinculantes; pronunciamientos judiciales; Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Irene Rovira Ferrer
Profesora de Derecho Financiero y Tributario.
Universitat Oberta de Catalunya (UOC
)

Este trabajo ha obtenido el 1.er Premio Estudios Financieros 2017 en la modalidad de Tributación.
El jurado ha estado compuesto por: don Gaspar de la Peña Velasco, don Alejandro Blázquez Lidoy, don Antonio Montero Domínguez, don Jesús Quintas Bermúdez, don Fernando Serrano Antón y don Eduardo Verdún Fraile.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

La transparencia fiscal como mecanismo para combatir el uso abusivo de los acuerdos tributarios previos (tax rulings y APA) en el plan BEPS y el derecho de la UE

Las recientes filtraciones de resoluciones fiscales con efectos internacionales emitidas por determinadas jurisdicciones han confirmado una sospecha generalizada: los acuerdos tributarios previos (tax rulings) han sido empleados como herramientas para articular estructuras de elusión fiscal. Esta circunstancia ha motivado reacciones de diversa índole. Pese a que la Comisión Europea ha abierto numerosos procedimientos por ayudas de Estado contra los países otorgantes de dichos acuerdos, tanto la OCDE como la propia UE han entendido que la forma de luchar contra estas prácticas es incrementar la transparencia fiscal internacional. El presente trabajo tiene la finalidad de analizar los modelos de intercambio de tax rulings formulados por el Plan BEPS de la OCDE, que se decanta por un intercambio espontáneo de acuerdos específicos, y por el Derecho de la UE, que ha establecido un sistema automático e incondicional de rulings. A través de la comparación de los principales aspectos de ambos sistemas se formularán propuestas para contribuir a alcanzar el objetivo de redirigir los acuerdos tributarios previos a su verdadera finalidad: aportar seguridad jurídica a los obligados tributarios.

Palabras claves: transparencia fiscal; intercambio automático de información; tax rulings; BEPS; ayudas de Estado.

José Manuel Macarro Osuna
Área de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad Pablo de Olavide

Este trabajo ha sido finalista en el Premio Estudios Financieros 2017 en la modalidad de Tributación.
El jurado ha estado compuesto por: don Gaspar de la Peña Velasco, don Alejandro Blázquez Lidoy, don Antonio Montero Domínguez, don Jesús Quintas Bermúdez, don Fernando Serrano Antón y don Eduardo Verdún Fraile.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

Casos prácticos de exenciones en el IVA internacional

Se analizan supuestos prácticos de aplicación de las principales exenciones previstas en el IVA para las operaciones internacionales: exportaciones y servicios relacionados con las mismas, operaciones asimiladas a las exportaciones, regímenes aduaneros y fiscales, y entregas intracomunitarias de bienes.

Palabras claves: exportaciones; servicios relacionados con las exportaciones; operaciones asimiladas a las exportaciones; exenciones de regímenes aduaneros y fiscales; entregas intracomunitarias de bienes.

Javier Bas Soria
Doctor en Derecho
Inspector de Hacienda del Estado
Profesor de CEF.- Udima

Consecuencias tributarias de las aportaciones colectivas sin remuneración: ¿donación o compraventa?

Para poder determinar las implicaciones tributarias que las diferentes tipologías de crowdfunding conllevan para los sujetos intervinientes, es imprescindible establecer cuál es la naturaleza jurídica de las operaciones que estos realizan. Una de las mayores dificultades radica en la incardinación de las aportaciones sin remuneración financiera en las figuras contractuales de la donación o la compraventa. Son muchas las ocasiones en las que la delimitación de la operación como uno u otro negocio no resulta sencilla, e incluso, dentro de una misma actuación pueden concurrir las dos modalidades de crowdfunding sin remuneración: donaciones y recompensas. A través del presente trabajo se tratará de acotar la delgada línea que, en ocasiones, separa a ambas tipologías para, posteriormente, establecer los efectos tributarios que, tanto para los promotores como para los aportantes, tienen las aportaciones colectivas sin remuneración.

Palabras claves: aportaciones colectivas; donaciones; recompensas; tributación.

María del Mar Soto Moya
Profesora de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Málaga

Revisión del concepto de «entidad patrimonial» a la luz de la Ley 27/2014 del impuesto sobre sociedades. Patrimonialidad sobrevenida

El presente artículo intenta aclarar el concepto de «entidad patrimonial» siguiendo los principales criterios expuestos recientemente por la Dirección General de Tributos, dada la escasa claridad de la norma en contraposición al gran número de entidades que pueden resultar afectadas por el fenómeno de la patrimonialidad sobrevenida que aborda temas tan conflictivos como el ámbito normativo, la relación entre los activos financieros y la patrimonialidad sobrevenida o bien las posibles alternativas para evitar la misma.

Palabras claves: entidad patrimonial; patrimonialidad sobrevenida; impuesto sobre sociedades; actividad económica.

Francisco Arasteny Torregrosa
Economista. Asesor Fiscal.
Córporis Economistas & Abogados

Carlos Mahiques Gómez
Economista. Asesor Fiscal.
Córporis Economistas & Abogados

La aportación de nuevas pruebas en procedimientos de revisión

Análisis de la STS de 20 de abril de 2017 (rec. núm. 615/2016)

Los tribunales económico-administrativos han venido sosteniendo, con mayores o menores matizaciones, que la aportación de documentación relativa a los hechos comprobados en los procedimientos de aplicación de los tributos debe aportarse, exclusivamente, en tales procedimientos, no siendo posible su aportación en fase de revisión.
Con la Sentencia de 20 de abril de 2017 el Tribunal Supremo ha contradicho tal criterio, estableciendo la admisibilidad de cualquier prueba relevante en los procedimientos de revisión, aunque haya sido previamente requerida por un órgano de aplicación de los tributos y no fuera aportada.

Javier Bas Soria
Doctor en Derecho
Inspector de Hacienda del Estado

Modificaciones estructurales y motivos económicos válidos: logros, conflictos y desafíos pendientes

La Directiva 90/434/CEE relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de acciones realizados entre sociedades de diferentes Estados miembros supuso un significativo avance dentro del proceso de armonización de la imposición directa mediante el establecimiento de un régimen fiscal basado en la neutralidad impositiva. A su vez, la transposición de esta normativa al Derecho español permitió, asimismo, la expansión de este régimen fiscal al resto de modificaciones estructurales efectuadas entre entidades nacionales. En este marco, el presente trabajo se propone analizar, por un lado, la gama de requisitos necesarios para su aplicación y, por otro, el conjunto de presupuestos que pueden reconducir a su denegación total o parcial, esencialmente ante la carencia de un motivo económico válido que justifique y constituya la ratio essendi de la operación de reestructuración. En definitiva, una oda a los logros alcanzados, una pauta frente a los conflictos presentados y una advertencia ante los desafíos que todavía presenta la controvertida aplicación de este régimen fiscal.

Palabras claves: impuesto sobre sociedades, modificaciones estructurales, motivos económicos válidos, Directiva europea de fusiones y cláusula antiabuso.

Ana Belén Prósper Almagro
Personal Investigador en Formación, Programa VALi+d GVA.
Universidad de Valencia

Los informes motivados vinculantes como instrumento para la interpretación y aplicación de los incentivos fiscales a la innovación

En el trabajo se analizan los informes motivados vinculantes expedidos para dotar de seguridad a los contribuyentes en la calificación de las actividades que dan derecho a los incentivos fiscales a la innovación, así como para clarificar otros aspectos como la adscripción en exclusiva de los investigadores a las citadas actividades. Al igual que ocurre con carácter general (mediante instrumentos como las consultas o los acuerdos previos de valoración) el sistema tributario español permite obtener pronunciamientos previos vinculantes. Sin embargo, en relación con la deducción en la cuota por I+D+i los citados pronunciamientos no se expiden por la Agencia Tributaria o por la Dirección General de Tributos sino que su emisión corresponde al ministerio con competencias en ciencia y tecnología (actualmente el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad).
Estos informes motivados, vinculantes respecto a la calificación de las actividades, han permitido que la deducción en la cuota por actividades de I+D+i se consolide como un importante instrumento de financiación de la innovación empresarial. Sin embargo, presentan diversos aspectos susceptibles de mejora. El principal de ellos, las dudas que se suscitan respecto a los efectos que despliegan los distintos tipos de informes y la relación entre ellos. Además, utilizan con carácter general un procedimiento que implica la revisión en cada una de las anualidades de los gastos ejecutados, cuando el informe únicamente va a ser vinculante en cuanto a la calificación de las actividades, aspecto que puede introducir costes y dilaciones innecesarias. También se analizan los acuerdos previos de valoración que se utilizan en relación con el patent box, que son expedidos por la Dirección General de Tributos, así como las diferencias y relaciones entre los distintos instrumentos.

Palabras claves: incentivos fiscales, innovación, deducción I+D+i, patent box e informes motivados vinculantes.

Modesto Fabra Valls
Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universitat Jaume I

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