Novedades Legislativas

Futura modificación de los modelos del Impuesto sobre el valor de producción de energía eléctrica

consulta pública producción energía. Líneas eléctricas de alta tensión al atardecer

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha informado de una Consulta Pública Previa por la que se modificará la Orden que aprueba los modelos 591 y 588 relativos al Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.

Los artículos 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, prevén la realización de una consulta pública, a través del portal de la web de la Administración competente, en la que se recabe la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

Consulta pública previa sobre el desarrollo del Reglamento de Impuestos Especiales

Consulta pública sobre el desarrollo del Reglamento de Impuestos Especiales. Imagen de manos escribiendo sobre un portátil

El Ministerio de Hacienda y Función Pública publica una Consulta Pública previa sobre la Orden que aprobará las normas de desarrollo del Reglamento de Impuestos Especiales.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, que, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración, prevé la realización de una consulta pública, a través del portal de la web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

Gipuzkoa aprueba una nueva Norma Foral del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, tras numerosas modificaciones de diverso calado

Gipuzkoa aprueba una nueva Norma Foral del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, tras numerosas modificaciones de diverso calado. Imagen de unos cubos con palabras OLD LAW y NUEVA LEY

Gipuzkoa aprueba una nueva Norma Foral del lmpuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sin modificaciones sustanciales  que contiene una regulación del impuesto mejor ordenada, sistemática y más acomodada al principio de legalidad, aunque habilita a la Norma Foral de Presupuestos Generales para modificar exenciones, reducciones de la base imponible, los tramos de la base liquidable y los tipos de las tarifas del ISD.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 17 de marzo de 2022 se ha publicado la NORMA FORAL 2/2022, de 10 de marzo, del lmpuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que tras numerosas modificaciones de diverso calado operadas en la NORMA FORAL 3/1990 y el tiempo transcurrido desde su aprobación, resulta aconsejable una actualización general de la norma foral vigente y una puesta al día de la misma a través de la aprobación de una nueva norma foral. Dicha actualización también viene justificada por la necesidad de renovar el enfoque regulador originario de la misma, que permite una mejor sistematización de sus contenidos. Esta norma recoge una regulación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones más completa y sistematizada que su predecesora, incluyendo contenidos que anteriormente venían desarrollados reglamentariamente en el DECRETO FORAL 42/2012, que junto con la NORMA FORAL 3/1990 reguladora del impuesto quedan ahora derogados.

Álava modifica la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos para enmendar el incumplimiento de su notificación como «reglamento técnico» a la Comisión Europea

Álava modifica la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos para enmendar el incumplimiento de su notificación como «reglamento técnico» a la Comisión Europea. Imagen de una mujer andando con su maleta por las calles de una ciudad

Álava modifica su Reglamento por el que se regulan determinadas obligaciones tributarias formales de información, en concreto la relativa la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, que en los territorios de Bizkaia, Gipuzkoa fueron anulados por el TSJ del País Vasco y en el territorio común por el TS por no haberse notificado como «reglamento técnico» a la Comisión Europea, a pesar de que el reglamento alavés no ha sido impugnado en este aspecto.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 16 de marzo de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL 11/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 8 de marzo. Aprobar la modificación del Decreto Foral 111/2008, de 23 de diciembre, que regula la obligación de informar sobre cuentas, operaciones y activos financieros, así como sobre bienes y derechos situados en el extranjero, en lo que respecta a la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

Beneficios fiscales de apoyo al sector agrario frente a la sequía

Medidas fiscales sequía. Imagen del pantano de Iznajar con sequía por falta de lluvias

Se eleva del 5 al 20 por ciento la reducción en 2021 del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del IRPF para actividades agrícolas y ganaderas y exención del IBI de naturaleza rústica 2022

Como viene siendo habitual cuando se producen catástrofes naturales (sequía, en este caso), el Gobierno aprueba una serie de medidas de carácter excepcional que contribuyen al restablecimiento de la normalidad en las zonas afectadas. En el BOE del día 16 de marzo de 2022, se ha publicado el Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo (en vigor el 17 de marzo), por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía, que compromete las producciones. Estas medidas inscritas en los ámbitos fiscal, laboral, financiero e hidrológico tienen como objetivo contribuir al mantenimiento de la rentabilidad y sostenibilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas.

Gipuzkoa aprueba diversas modificaciones tributarias en el ámbito del IRPF, IS, IP, ITP y AJD, IBI, IAE, IIVTNU, tasas entre otras para impulsar su tejido productivo tras el COVID-19

Gipuzkoa aprueba modificaciones en el IRPF, IS, IP, ITP y AJD, IBI, IAE, IIVTNU, entre otras, tras el COVID-19. Imagen de hucha cerdito propulsada desde el mar como un cohete

Gipuzkoa introduce modificaciones en muchas de sus figuras impositivas, destacando las relativas al IRPF, IS, IP, régimen fiscal de las cooperativas, régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, ITP y AJD, IBI, IAE, IIVTNU, tasas y se modifica la Norma General Tributaria de Gipuzkoa para impulsar y consolidar su tejido productivo y el bienestar de sus ciudadanos tras dos años de pandemia.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 14 de marzo de 2022, se ha publicado la Norma Foral 1/2022, de 10 de marzo, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2022, con el fin de impulsar y consolidar el tejido productivo del Territorio Histórico una vez iniciada la etapa de estabilización de la situación socioeconómica un cierto repunte económico en determinados sectores tras dos años de pandemia.

La presente norma introduce modificaciones en muchas de las figuras impositivas del marco tributario guipuzcoano, destacando las relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades; Impuesto sobre el Patrimonio, ITP y AJD, régimen fiscal de las cooperativas, régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, IBI, IAE, IIVTNU y tasas y se modifica la Norma General Tributaria impulsar y consolidar el tejido productivo del Territorio Histórico una vez iniciada la etapa de estabilización de la situación socioeconómica un cierto repunte económico en determinados sectores tras dos años de pandemia, así como se prorroga para el periodo impositivo 2022, algunas de las medidas aprobadas para paliar los efectos de la segunda ola del COVID-19.

Navarra modifica sus normas reglamentarias para adaptarlas a la nueva regulación del comercio electrónico en el ámbito del IVA y los cambios previstos en el IRPF e IS

Modificación, reglamentos, Navarra, IVA, IS, IRPF, facturación, inspección, declaración anual de operaciones con terceras personas. Bandera de Navarra

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 10 de marzo de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL 15/2022, de 23 de febrero, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo; el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Decreto Foral 23/2013, de 10 de abril; el Decreto Foral 69/2010, de 8 de noviembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas; el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo; el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Decreto Foral 114/2017, de 20 de diciembre; y el Reglamento de la Inspección Tributaria de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio.

Mediante esta norma se incorpora al ordenamiento tributario navarro el desarrollo reglamentario de las modificaciones del IVA derivadas de la incorporación del Derecho de la Unión Europea al ordenamiento interno, referidas a la regulación del comercio electrónico en el ámbito del IVA y establece las reglas de tributación de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que, generalmente contratados por internet y otros medios electrónicos por consumidores finales comunitarios, son enviados o prestados por empresarios o profesionales desde otro Estado miembro o un país o territorio tercero.

Publicada en el BOE la Ley 5/2022 que aprueba las modificaciones en el IS e IRNR en relación con las asimetrías híbridas y en el modelo 720 para adecuarlo a la legalidad europea

Modelo 720 asimetrías híbridas. Modelo 720

En cuanto a las asimetrías híbridas, se modifica la LIS y el TRIRNR con un mínimo cambio con respecto a su regulación anterior contenida en el Real Decreto-ley 4/2021, de 9 de marzo

En relación con la declaración de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720), se suprime el régimen sancionador específico, así como la imprescriptibilidad por la no presentación de la declaración

En el BOE de 10 de marzo de 2022 y en vigor el 11 de marzo, se ha publicado la Ley 5/2022, de 9 de marzo, por la que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, en relación con las asimetrías híbridas.

Esta Ley 5/2022 es el resultado del paso por el Parlamento del Real Decreto-Ley 4/2021, de 9 de marzo. En relación con las asimetrías híbridas: ¿qué ha cambiado del Real Decreto-ley 4/2021, de 9 de marzo?

Álava modifica la regulación de la obligación de información sobre bienes y derechos en el extranjero (Modelo 720) para acomodarla a la STJUE y de la deducción en el IS por inversiones relacionados con tecnologías limpias

Álava modifica su normativa reguladora del  Modelo 720  y el desarrollo reglamentario de la deducción en el IS por inversiones en tecnologías limpias. Imagen de globo del mundo con efecto línea virtual y dólar yuan yen euro y libra esterlina

Álava modifica su normativa para acomodar la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720) a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha declarado que la regulación de esta obligación de declarar bienes y derechos situados en el extranjero y el sistema de sanciones derivado de éste tiene elementos que son contrarios al Derecho de la UE, asimilan las sanciones derivadas del incumplimiento de esta obligación al régimen sancionador general tributario y modifica el Reglamento del Impuesto sobre sociedades alavés con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, el desarrollo reglamentario de la deducción por inversiones realizadas en los equipos completos relacionados con Tecnologías Limpias y el orden de aplicación de los límites de las deducciones de la cuota líquida.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de 2 de marzo de 2022 se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 22 de febrero. Aprobar modificación de la normativa reguladora de la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero ante la sentencia de 27 de enero de 2022, C-788/2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha declarado que la regulación de esta obligación de declarar bienes y derechos situados en el extranjero y el sistema de sanciones derivado de éste tiene elementos que son contrarios al Derecho de la Unión Europea. Por otro lado, se ha publicado también el DECRETO FORAL 8/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 22 de febrero. Aprobar la modificación del Decreto Foral 41/2014, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, que desarrolla el nuevo límite del 50 por ciento de la deducción de la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a la deducción por inversiones realizadas en los equipos completos definidos en la Orden del Departamento correspondiente del Gobierno Vasco por la que se aprueba el Listado Vasco de Tecnologías Limpias.

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