Novedades Legislativas

Gipuzkoa deflacta la tarifa del IRPF un 4 por ciento y aprueba una minoración extraordinaria de la cuota para el ejercicio 2022 y otras medidas para combatir la inflación, al igual que el resto de los territorios forales vascos

Gipuzkoa deflacta la tarifa del IRPF para combatir la inflación, así como otras medidas tributarias en el ámbito del IRPF e IS. Ilustración de inflación de alimentos

Gipuzkoa, al igual que los otros dos territorios forales vascos deflacta un 4 por 100, la tarifa aplicable a la base liquidable general del IRPF correspondiente al ejercicio 2022 incrementando a su vez en idéntico porcentaje la reducción por tributación conjunta, la minoración de cuota y las deducciones personales e introduce una minoración extraordinaria en cuota por un importe de hasta 200 euros por declaración para contribuyentes cuya base imponible general no exceda de 35.000 euros.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 31de agosto de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 2/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueban nuevas medidas tributarias urgentes para paliar los efectos derivados del alza de precios (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades).

La escalada de los precios de los carburantes y del mercado mayorista de electricidad, agravada por la guerra de Ucrania, está provocando una espiral inflacionista sin precedentes, que genera un problema de competitividad para las empresas de Gipuzkoa. Este impacto negativo en la economía que la actual situación inflacionista está produciendo requiere que se adopten medidas tributarias al respecto. Frente a esta necesidad el territorio de Gipuzkoa, al igual que ya ha hecho el territorio alavés y también el de Bizkaia ha aprobado una serie de medidas que afectan principalmente al IRPF, aunque también encontramos que en el ImISse exonera del pago fraccionado correspondiente al ejercicio 2022 a determinados contribuyentes que cumplan determinados requisitos, destacando la deflactación de un 4 por 100 de la tarifa aplicable a la base liquidable general del IRPF correspondiente al ejercicio 2022.

Modificaciones en las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 345 y 187

Modelos 345 y 187. Imagen de brazo masculino con bolígrafo y formularios

Modelos informativos sobre sistemas de previsión social e instituciones de inversión colectiva

En el BOE de 29 de agosto de 2022, se ha publicado la Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto, que aprueba el modelo 345 de "Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes, aportaciones y contribuciones" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y modifica la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187 de "Declaración informativa. Acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de IRPF, IS e IRNR en relación con rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones y derechos de suscripción."

Bizkaia deflacta la tarifa del IRPF un 4 por ciento y aprueba una minoración extraordinaria de la cuota para el ejercicio 2022 y otras medidas para combatir la inflación, al igual que el territorio foral alavés

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Bizkaia, al igual que ha hecho el territorio alavés  deflacta un 4 por 100, la tarifa aplicable a la base liquidable general del IRPF correspondiente al ejercicio 2022 incrementando a su vez en idéntico porcentaje la reducción por tributación conjunta, la minoración de cuota y las deducciones personales e introduce una minoración extraordinaria en cuota por un importe de hasta 200 euros por declaración para contribuyentes cuya base imponible general no exceda de 35.000 euros.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 25 de agosto de 2022 se ha publicado el  DECRETO FORAL NORMATIVO 5/2022, de 24 de agosto, por el que se adoptan medidas tributarias urgentes ante la evolución de la inflación, (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades).

La escalada de los precios de los carburantes y del mercado mayorista de electricidad, agravada por la guerra de Ucrania, está provocando una espiral inflacionista sin precedentes, que genera un problema de competitividad para las empresas de Bizkaia. Este impacto negativo en la economía que la actual situación inflacionista está produciendo requiere que se adopten medidas tributarias al respecto. Frente a esta necesidad el territorio de Bizkaia, al igual que ya ha hecho el territorio alavés, ha aprobado una serie de medidas que afectan principalmente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aunque también encontramos que en el Impuesto sobre Sociedades se exonera del pago fraccionado correspondiente al ejercicio 2022 a determinados contribuyentes que cumplan determinados requisitos, destacando la deflactación de un 4 por 100 de la tarifa aplicable a la base liquidable general del IRPF correspondiente al ejercicio 2022.

Álava deflacta la tarifa del IRPF un 4 % y aprueba otras medidas tributarias para combatir la inflación, una nueva minoración extraordinaria de la cuota para el ejercicio 2022 y prorroga las medidas adoptadas en materia de energética

Álava deflacta la tarifa del IRPF para combatir la inflación y prorroga los beneficios fiscales en materia de electricidad. Gráfico sobre inflación de alimentos

Álava es el primer territorio del País Vasco, al que secundarán los dos restantes en el que se aprueba la deflactación un 4 por ciento de los tipos de gravamen del IRPF como medida para combatir los efectos negativos del periodo inflacionista que vivimos en todo el país, así como otras medidas tributarias dirigidas a este mismo fin. Por otro lado, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2022 la rebaja del tipo impositivo del IVA de la luz, la reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad y la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica y la reducción del IVA de las mascarillas quirúrgicas desechables y modifica el Impuesto sobre Transacciones Financieras.

El día 8 de agosto en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava se publicaron el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 11/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 2 de agosto por el que se aprueban medidas tributarias para hacer frente a la actual situación inflacionista (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades) y el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 10/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 2 de agosto que adapta a la normativa tributaria de Álava diversas modificaciones introducidas por el Estado en varios Impuestos (IVA, Impuesto especial sobre la Electricidad, Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica e Impuesto sobre las Transacciones Financieras).

Bizkaia prorroga las medidas adoptadas en materia de fiscalidad energética y del tipo impositivo del IVA de productos para combatir la COVID-19 hasta el 31 de diciembre de 2022

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Bizkaia prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la rebaja del tipo impositivo del IVA de la luz del 10% al 5% y se mantiene la reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad del 5,11269632% al 0,5% hasta el 31 de diciembre 2022 y la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica durante el tercer y cuarto trimestres naturales del año 2022. También se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la reducción del IVA al 4 por ciento de las mascarillas quirúrgicas desechables.

El día 4 de agosto en el Boletín Oficial de Bizkaia se publicó el DECRETO FORAL NORMATIVO 4/2022, de 26 de julio, por el que se adaptan determinadas medidas en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania.

Se articula la cesión a las CC.AA. del nuevo impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

Articulación de la cesión a las CCAA del IDRVIC. Imagen de vertedero de basura y excavadora

Para ello se modifica la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, y la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.

En el BOE de 29 de julio de 2022 y en vigor el 29 de agosto, se ha publicado la Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, por la que se establecen normas que faciliten el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y otras disposiciones conexas y de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Bizkaia aprueba nuevas medidas fiscales en el ámbito del IS, IRPF, IP, ISD, ITP y AJD, IBI e IAE para impulsar la reactivación económica y la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema BATUZ

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La presente Norma Foral contiene modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Bienes inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Además, introduce ciertos ajustes en el régimen fiscal de cooperativas, en el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en la Norma Foral de Adaptación del sistema Tributario del Territorio Histórico de Bizkaia a las peculiaridades del Derecho Civil Foral del País Vasco, en la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia y en la Norma Foral de Haciendas Locales.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy 28 de julio de 2022 se ha publicado la NORMA FORAL 8/2022, de 20 de julio, por la que se introducen determinadas modificaciones tributarias en el IS, IRPF, IP, ISD, ITP y AJD, IBI, IAE. Además introduce ciertos ajustes en el régimen fiscal de cooperativas, en el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en la Norma Foral de Adaptación del sistema Tributario del Territorio Histórico de Bizkaia a las peculiaridades del Derecho Civil Foral del País Vasco, en la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia y en la Norma Foral de Haciendas Locales. Esta norma continua con las modificaciones introducidas mediante la NORMA FORAL 6/2021, para el impulso de la reactivación económica, para la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema BATUZ y otras modificaciones tributarias, con la pretensión fundamental de coadyuvar desde la fiscalidad al proceso de recuperación del tejido económico de Bizkaia, reforzando ciertas medidas fiscales ya existentes y aprobando algunas de carácter complementario que se consideraron idóneas para acelerar dicho proceso.

Proyecto de Orden que modifica los modelos 189 y 720 para garantizar la tributación de los seguros de vida

Proyecto de Orden que modifica los modelos 189 y 720 para garantizar la tributación de los seguros de vida. Imagen de un cerdito azul rodeado de monedas debajo de un paragüas, todo en tonos azules

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden que modifica respectivamente las órdenes que aprueban los modelo 189 y 720. 

La Ley 11/2021, de 9 de julio de lucha contra el fraude, ha realizado numerosas modificaciones de las que nos hemos ido haciendo eco en anteriores entradas. Con la aprobación del citado proyecto, se pretende dar respuesta a la modificación de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio que establece la valoración de los seguros de vida cuando el tomador del mismo no tenga la facultad de ejercer el derecho de rescate del seguro, con el fin de evitar la elusión de la tributación de los seguros de vida-ahorro, cuyo contenido patrimonial es indudable. 

En concreto, el Real Decreto XX/2022 que modificará entre otros el Reglamento de desarrollo de la LGT (RD 520/2005, de 13 de mayo); el Reglamento General de Recaudación; el RGAT; y, los reglamentos de ISD, IVA, IRPF, incorpora al derecho positivo las modificaciones que la Ley antifraude ha efectuado en el artículo 17 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, y en los artículos 39 y 42 ter del RGAT

En el modelo 189 se incorpora una nueva clave F destinada a informar de la existencia de seguros de vida sin valor de rescate, debiendo informar además del tomador y del valor de la provisión matemática a 31 de diciembre, que se hará constar en el campo “Valoración”. 

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