El TC resuelve que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva la sentencia que aplica los preceptos declarados inconstitucionales y nulos por la STC 182/2021, desconociendo la autoridad de cosa juzgada de las sentencias de este tribunal
Enviado por Editorial el Mar, 05/11/2024 - 12:51Vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva la sentencia que carece de fundamento, pues no toma en consideración que, mientras se estaba tramitando el proceso contencioso-administrativo, el TC dictó una nueva sentencia en materia del IIVTNU, la STC 182/2021, que posee autoridad de cosa juzgada erga omnes. Aplicar normas declaradas inconstitucionales, desconociendo la autoridad de cosa juzgada de las sentencias de este tribunal implica la vulneración del derecho a la tutela judicial, resultando ya irrelevante la existencia o no de incremento de valor del suelo urbano transmitido, puesto que la obligación tributaria autoliquidada era ya inexigible.
El Tribunal Constitucional, en su STC 117/2024, de 23 de septiembre de 2024, publicada en el BOE de 1 de noviembre de 2024 anula la sentencia recurrida y el auto que desestima el incidente de nulidad, con retroacción de las actuaciones al momento inmediatamente anterior al de dictarse la sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Granada, a fin de que se dicte una nueva sentencia que resulte respetuosa con el derecho fundamental lesionado, lo que supone la resolución del objeto controvertido en el pleito a quo sin hacer aplicación de los preceptos legales declarados inconstitucionales por la STC 182/2021, de 26 de octubre.
No es posible sostener la razonabilidad de una decisión judicial que se funde en la aplicación de un precepto que ya ha sido declarado contrario a la Constitución, toda vez que a partir de ese instante la norma en cuestión queda despojada de validez y sin posibilidad de ser revivida, debiendo estarse a la autoridad de cosa juzgada erga omnes y todos los poderes públicos están obligados a dar cumplimiento a lo que el TC resuelva.