Es necesario el examen personal del bien a valorar por parte del perito para entender correctamente realizada la valoración
Enviado por Editorial el Mar, 14/02/2017 - 12:50La cuestión relativa a la necesidad de efectuar una visita al inmueble ha sido analizada con detalle por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en múltiples sentencias como la de 8 de marzo de 2016, recurso n.º 151/2014, dictadas a la vista de la STS de 26 de noviembre de 2015, recurso n.º 3369/2014. En estas sentencias se expone que la nueva sentencia del Tribunal Supremo ha obligado a la Sala a reformular su criterio sobre el requisito de la visita personal del perito y la justificación de la adecuación de los testigos empleados en el método de comparación. En la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 24 de noviembre de 2016, además de seguir este nuevo criterio se incluye un voto particular de uno de sus magistrados.