La prórroga del plazo de 12 meses para terminar la inspección debe estar suficientemente motivada (AN, 03-03-2009)
Enviado por Editorial el Mar, 19/05/2009 - 19:37La sentencia de la Audiencia Nacional, de 3 de marzo de 2009, afirma que no hay un derecho incondicionado de la Administración a prorrogar el plazo de las actuaciones inspectoras. No basta con la acreditación de que concurre alguna de las circunstancias que hacen posible la prórroga, sino que es preciso poner en relación tales circunstancias con las concretas actuaciones inspectoras de que se trate.