La DGT discute la residencia habitual de un nacional español que visita España como turista
Enviado por Editorial el Lun, 06/04/2020 - 10:35La ausencia prolongada de más de 183 días por motivos profesionales excluye de por sí el cálculo de las ausencias esporádicas
La Dirección General de Tributos en su consulta V0103/2020, de 17 de marzo de 2020, analiza las circunstancias que podrían determinar la residencia habitual de una persona, nacional español, que reside en Kuwait donde ejecuta una supervisión de obra. La problemática surge como consecuencia de sus desplazamientos de turismo durante los fines de semana o períodos cortos de tiempo a otros países extranjeros, incluido, España.