Clasificación en el IAE de las franquicias
Enviado por Editorial el Mar, 29/11/2016 - 13:16La DGT en su consulta de 3 de octubre de 2016, pone de manifiesto que en tanto no se habilite una clasificación específica para la actividad genérica de franquicia, las actividades que se lleven a cabo en base a este tipo de contratos complejos, deberán tener tratamiento independiente y diferenciado en el contexto de las Tarifas del impuesto.
Una entidad tiene como objeto la gestión de supermercados, y celebra contratos de franquicia con "colaboradores" (personas físicas o personas jurídicas) para la venta de sus productos, cediendo en depósito al franquiciado las mercancías para su venta al por menor en el establecimiento del franquiciado.
El contrato de franquicia o franchising es un instituto jurídico complejo que, desde el punto de vista del franquiciador entraña una pluralidad de obligaciones que se traducen en otras tantas actividades, básicamente dos, a saber: de un lado, la actividad consistente en la cesión de una marca comercial y del know how correspondiente, y, de otro, la actividad consistente en la prestación de determinados servicios.
Cada una de las dos actividades reseñadas debe tener tratamiento independiente y diferenciado en el contexto de las Tarifas del impuesto, en tanto no se habilite una clasificación específica para la actividad genérica de franquicia.