Renuncia y adopción del SII voluntariamente: plazos, ventajas e inconvenientes
Enviado por Editorial el Mié, 17/11/2021 - 10:55En el calendario del contribuyente del 2021 se encuentra marcado el 30 de noviembre como la fecha límite para optar o renunciar a la llevanza electrónica de los libros registro mediante el Suministro Inmediato de Información a la Agencia Tributaria (SII).
El 30 de noviembre también es la fecha límite para comunicar la opción o renuncia por la facturación por los destinatarios de las operaciones o terceros, acogidos al SII. En el artículo 5 del Real Decreto 1619/2012, por el que se aprueba el Reglamento de facturación, se regulan los casos en los que el cumplimiento de la obligación de expedir factura lo realiza el destinatario o un tercero en lugar del sujeto a quien le es imputable el impuesto.