Álava incorpora en su ordenamiento tributario los Impuestos sobre Determinados Servicios Digitales y sobre las Transacciones Financieras con efectos desde el 16 de enero de 2021
Enviado por Editorial el Mié, 23/03/2022 - 09:31En Álava se exigirá el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales que grava servicios digitales en relación con los cuales existe una participación de los usuarios y usuarias que constituye una contribución al proceso de creación de valor de la empresa que presta los servicios, y a través de los cuales la empresa monetiza esas contribuciones de los usuarios y usuarias y el Impuesto sobre las Transacciones Financieras que grava las adquisiciones de acciones con independencia de la residencia de las personas o entidades que intervengan en la operación.
En el Boletín Oficial del Territorio Históricos de Álava de hoy, 23 de marzo de 2022 se han publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 3/2022, del Consejo Gobierno Foral de 15 de marzo que aprueba el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales y el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 4/2022, del Consejo Gobierno Foral de 15 de marzo que aprueba el Impuesto sobre las Transacciones Financieras, una vez que se ha modificado el Concierto Económico para la concertación de ambos impuestos, con efectos desde el 16 de enero de 2021, en los mismos términos en que dicho impuesto resulta exigible en el territorio común.