Foral

Modificación de los reglamentos de desarrollo de la Norma Foral General Tributaria de Gipuzkoa para su adecuación a las medidas aprobadas por la NF 3/2021 y a las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Gipuzkoa modifica sus los reglamentos de desarrollo de la Norma Foral General Tributaria. Imagen de manos sobre un teclado y figuras superpuestas de control de calidad y comprobación

Mediante esta norma se acomoda el contenido de los reglamentos de revisión tributaria, recaudación tributaria, del régimen de infracciones y sanciones tributarias y de inspección tributaria del territorio foral gipuzkoano a las medidas aprobadas mediante la Norma Foral 3/2021 y a los pronunciamientos judiciales del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 8 de octubre de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL 12/2021, de 5 de octubre, por el que se modifican determinados reglamentos de desarrollo de la Norma Foral General Tributaria.
Mediante esta norma se lleva a cabo la adecuación del contenido de dicho desarrollo reglamentario a las modificaciones realizadas por la NORMA FORAL 3/2021, de 15 de abril, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2021, respecto al IRPF, IS, IP, IRNR, ITP y AJD, IBI, ICIO, IAE y el Impuesto sobre las Primas de Seguros. y la acomodación de cierto contenido de los reglamentos de revisión tributaria, recaudación tributaria, del régimen de infracciones y sanciones tributarias y de inspección tributaria, a los pronunciamientos judiciales contenidos en las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Álava refunde en varios decretos forales normativos sus normas forales de los tributos locales (IBI, IAE, ICIO, IVTM e IIVTNU) y la norma reguladora de las Haciendas Locales

Publicados seis Decretos forales normativos con los que se renuevan y refunden sus antiguas normas forales de los tributos locales (IBI, IAE, ICIO, IVTM e IIVTNU) y la norma reguladora de las Haciendas Locales del territorio alavés.
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy se han publicado seis Decretos forales normativos: DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar el texto refundido de la Norma Foral reguladora de las Haciendas Locales; el  DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar el texto refundido de la Norma Foral del Impuesto sobre Bienes Inmuebles; el DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar el texto refundido de la Norma Foral del Impuesto sobre Actividades Económicas; el DECRETO FORAL NORMATIVO 4/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar el texto refundido de la Norma Foral del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana; el DECRETO FORAL NORMATIVO 5/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar el texto refundido de la Norma Foral del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y el DECRETO FORAL NORMATIVO 6/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar el texto refundido de la Norma Foral del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Gipuzkoa modifica sus reglamentos de IS, ITP y AJD e ISD para adecuarlos a las medidas aprobadas por distintas normas forales

Modificación, reglamentos, ITP y AJD, ISD, IS. Imagen de varias piezas grises de un engranaje, una de ellas amarilla

Gipuzkoa modifica  el Reglamento del ITP y AJD, ISD e IS para adecuar el contenido del desarrollo reglamentario de determinadas normas forales a las modificaciones realizadas por la NF 3/2019 de aprobación de determinadas medidas tributarias para el año 2019 y por la NF 3/2021 por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2021.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 4 de octubre de 2021 se ha publicado el DECRETO FORAL 11/2021, de 29 de septiembre, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por el que se modifican los reglamentos del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, y del impuesto sobre sociedades, introduce diversas modificaciones en el Reglamento del ITP y AJD, el Reglamento del ISD, y el Reglamento del IS, con la finalidad de adecuar el contenido del desarrollo reglamentario de determinadas normas forales a las modificaciones realizadas en sus disposiciones, en particular, por la NF 3/2019 de aprobación de determinadas medidas tributarias para el año 2019 y por la NF 3/2021 por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2021.

En el ámbito del ITP y AJD e ISD, se modifica el plazo de autoliquidación, en coherencia con la modificación del plazo de presentación de la autoliquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones cuando se trata de adquisiciones «mortis causa» y de adquisiciones del usufructo pendientes del fallecimiento de la persona usufructuaria.

Navarra suspende durante el segundo semestre completo de 2021 el IVPEE para abaratar la factura de la luz

Alava, ITP y AJD, IVA, II.EE, COVID-19, coronavirus. Imagen de un dibujo de una casa y una bombilla

En el territorio navarro se aprueban las medidas tributarias implantadas en el territorio común mediante el RDLey 17/2021 encaminadas a mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad y se suspende el IVPEE durante el segundo semestre completo de 2021.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 30 de septiembre de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 5/2021, de 22 de septiembre, de Armonización Tributaria, por el que se modifica el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE).

Gipuzkoa prevé el cobro anticipado de las deducciones en el IRPF, IS e IRNR para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI

Cobro anticipado de las deducciones en IRPF, IS e IRNR por el cumplimiento del sistema TicketBAI en Gipzuzkoa. Gráfico de flujo financiero

Se posibilita el anticipo líquido de las deducciones en el IRPF, IS e IRNR para facilitar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la implantación de la obligación TicketBAI, y la transformación digital hacia el comercio electrónico al momento en que se realicen las inversiones y los gastos con cargo a los impuestos abonados en los 4 períodos impositivos inmediatos anteriores cuyo plazo de presentación haya finalizado con anterioridad a la presentación de la primera solicitud de anticipo, siendo aplicable, asimismo, a la parte de las deducciones incrementadas correspondientes a inversiones y gastos efectuados en el ejercicio 2020 que debieran ser aplicadas en la autoliquidación correspondiente al periodo impositivo 2021.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 8 de septiembre de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 5/2021, de 7 de septiembre, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por el que se establece un anticipo líquido de las deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI.

La NORMA FORAL 3/2020, de 6 de noviembre, por la que se establece la obligación de utilizar herramientas tecnológicas para evitar el fraude fiscal, implantó la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de las y los contribuyentes en los sistemas de facturación, que permitirá el control de la tributación de las personas físicas que desarrollen actividades económicas y de las personas jurídicas, denominada obligación TicketBAI, estableciendo incentivos fiscales de carácter temporal, en forma de deducciones en la cuota, en el IS, IRNR para los establecimientos permanentes y en el IRPF, aunque también entre las medidas adoptadas para activar la economía.

A fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la implantación de la obligación TicketBAI, y la transformación digital hacia el comercio electrónico, y dado que las y los contribuyentes que inviertan en los años 2021 y 2022 no podrían beneficiarse de las deducciones incrementadas hasta bien entrados los años 2022 y 2023, se prevé el anticipo líquido de dichas deducciones al momento en que se realicen las inversiones y los gastos con cargo a los impuestos abonados en los 4 períodos impositivos inmediatos anteriores cuyo plazo de presentación haya finalizado con anterioridad a la presentación de la primera solicitud de anticipo.

Alava modifica su reglamento del IVA para adaptarlo a la nueva regulación en el impuesto del comercio electrónico o ventas a distancia

Alava, modifica, reglamento, IVA, comercio electrónico, ventas a distancia. Imagen de portátil con icono de carrito de compra online superpuesto y en las manos de una mujer

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del 4 de agosto de 2021, se ha publicó el DECRETO FORAL 37/2021, de 3 de agosto, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueba la modificación del Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril, que aprobó el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, para adaptarlo a los cambios introducidos mediante el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 4/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 8 de junio, que aprueba la transposición de la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo de 5 de diciembre, que modifica la Directiva 2006/112/CE y la Directiva 2009/132/CE en lo referente a determinadas obligaciones respecto del Impuesto sobre el Valor Añadido para las prestaciones de servicios y las ventas a distancia de bienes, y de la Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo de 21 de noviembre, que modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las disposiciones relativas a las ventas a distancia de bienes y a ciertas entregas nacionales de bienes, que traspuso la nueva normativa del IVA del comercio electrónico al ordenamiento tributario alavés.

Navarra modifica sus leyes forales del IVA y de Impuestos Especiales para su armonización tras los cambios introducidos por la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

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Navarra modifica sus leyes forales del IVA y de los Impuestos Especiales para adaptarlas a los cambios introducidos en la normativa estatal mediante la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

En el Boletín Oficial de Navarra del 6 de agosto de 2021, se ha publicó el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 4/2021, de 28 de julio, de la Comunidad Foral de Navarra, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales, y la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para adaptar dichas leyes forales a los cambios introducidos en la normativa estatal mediante la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Bizkaia, al igual que en el territorio común, reduce el IVA de la electricidad para algunos consumidores y suspende el IVPEE para abaratar la factura de la luz temporalmente

Bizkaia reduce el IVA de la electricidad y suspende el IVPEE para abaratar la factura de la luz. Imagen de una bombilla sobre dinero en metálico

Bizkaia aprueba las medidas tributarias implantadas en el territorio común mediante el RDLey 12/2021 encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad: reducción al 10 % del tipo impositivo del IVA aplicable a la energía eléctrica y suspensión durante un período de 3 meses del IVPEE.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 28 de julio de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 6/2021, de 27 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica, aprobadas en el territorio común mediante el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad.

En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2021, para los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no supere los 10 KW, una rebaja, desde el 21 al 10 por ciento en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura eléctrica cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 euros/MWh, con el objeto de reducir su importe.

Gipuzkoa aprueba nuevas medidas tributarias urgentes de fomento de la implantación voluntaria de la obligación TicketBAI, para un mayor control de la tributación de personas físicas que desarrollen actividades económicas y de las personas jurídicas

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Gipuzkoa establece nuevas medidas tributarias para fomentar la implantación voluntaria de la obligación TicketBAI que conlleva la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes a través de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación, que permitirá el control de la tributación de las personas físicas que desarrollen actividades económicas y de las personas jurídicas y avanzar en la lucha contra el fraude fiscal

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 28 de julio de 2021, se ha publicado el Decreto Foral-Norma 4/2021, de 27 de julio, de medidas tributarias urgentes de fomento de la implantación voluntaria de la obligación TicketBAI.

La Norma Foral 3/2020, de 6 de noviembre, por la que se establece la obligación de utilizar herramientas tecnológicas para evitar el fraude fiscal, implantó, mediante la modificación de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades, la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes a través de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación, que permitirá el control de la tributación de las personas físicas que desarrollen actividades económicas y de las personas jurídicas.

La obligación TicketBAI conlleva la utilización de un sistema informático que garantice la integridad, conservación, trazabilidad, inviolabilidad y remisión de los ficheros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios y para fomentar su implantación voluntaria se establecieron incentivos fiscales de carácter temporal en el IS, en el IRNR para los establecimientos permanentes y en el IRPF, en forma de deducción en la cuota de un 30 por 100, que se incrementó hasta el 60 por ciento, mediante el Decreto Foral-Norma 2/2021, de 23 de marzo, de medidas tributarias extraordinarias adicionales relacionadas con la COVID-19 y de apoyo a la reanudación y digitalización de la actividad económica, para aquellos contribuyentes que anticipen voluntariamente el cumplimiento de la obligación al 1 de noviembre de 2021 y además amplió el ámbito de aplicación de la deducción para la transformación digital del comercio minorista, con las mismas especialidades que la antes citada deducción incrementada, por el cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI con anterioridad al 1 de noviembre de 2021.

Navarra, al igual que en el territorio común, reduce el IVA de la electricidad para algunos consumidores y suspende el IVPEE para abaratar la factura de la luz temporalmente

Navarra reduce el IVA de la electricidad y suspende el IVPEE para abaratar la factura de la luz. Imagen de una bombilla en un carro de la compra

En el territorio navarro se aprueban las medidas tributarias implantadas en el territorio común mediante el RDLey 12/2021 encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad: reducción al 10 % del tipo impositivo del IVA aplicable a la energía eléctrica y suspensión durante un período de 3 meses del IVPEE.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 27 de julio de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 3/2021, de 14 de julio, de Armonización Tributaria, por el que se modifica el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica,  aprobadas en el territorio común mediante el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, encaminadas a contrarrestar la subida del precio de la electricidad, lo que supone además una amenaza en la agenda de “descarbonización” asumida por España y la Unión Europea al poner en peligro el proceso de electrificación de la economía como vía más eficiente y eficaz para reducir las emisiones asociadas a los usos energéticos, creando desconfianza creciente en el proceso de transición energética.

En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2021, para los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no supere los 10 KW, una rebaja, desde el 21 al 10 por ciento en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura eléctrica cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 euros/MWh, con el objeto de reducir su importe.

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