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Navarra aprueba sus presupuestos generales para 2022, modifica diversos impuestos (IRPF, IS, ISD, ITP y AJD, IAE, IBI, IVTM, IVTNU) el régimen fiscal de fundaciones y su ley foral general tributaria

Presupuestos, Navarra 2022, medidas tributarias, IRPF, IS, ISD, ITP y AJD, fundaciones, tasas, ley general tributaria, IAE, IBI, IVTM, IVTNU, plusvalía, Tribunal Constitucional, COVID-19. Imagen del escudo de Navarra

Navarra aprueba sus presupuestos generales para 2022 y modifica diversos impuestos incluidas las relativas a la plusvalía para adaptar la regulación del IIVTNU navarro a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

En el Boletín Oficial de Navarra de 31 de diciembre de 2021 junto con la LEY FORAL 18/2021, de 29 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2022 se ha publicado la LEY FORAL 20/2021, de 29 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y la LEY FORAL 19/2021, de 29 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, que se analizará a continuación.

Mediante la LEY FORAL 20/2021, se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra para adaptar la regulación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía la STC 182/2021, de 26 de octubre ha venido a declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del mencionado TRLRHL, relativos al método de cuantificación de la base imponible pues “el mantenimiento del actual sistema objetivo y obligatorio de determinación de la base imponible, por ser ajeno a la realidad del mercado inmobiliario y de la crisis económica, y, por tanto, al margen de la capacidad económica gravada por el impuesto y demostrada por el contribuyente, vulnera el principio de capacidad económica como criterio de imposición (art. 31.1 CE)”. A pesar de que la sentencia no se refiere a la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, se considera conveniente introducir una regla de salvaguarda con la finalidad de evitar que la tributación por el IIVTNU pudiera en algún caso resultar contraria al principio de capacidad económica, permitiendo, a instancia del sujeto pasivo, acomodar la carga tributaria al incremento de valor efectivamente obtenido y el sistema objetivo de determinación de la base imponible del impuesto se convierte en un sistema optativo, que solo resultará de aplicación en aquellos casos en los que el sujeto pasivo no haga uso del derecho expuesto anteriormente.

Bizkaia publica su norma de presupuestos generales para 2022, fija el interés de demora y actualiza tasas y valores catastrales y las cuantías de algunas deducciones y reducciones y modifica las retenciones de rendimientos del trabajo en el IRPF

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Bizkaia aprueba sus presupuestos generales para 2022 y actualiza para este año los valores catastrales, las cuantías de sus tasas y preciso públicos y las cantidades deducibles en el IRPF así como se modifica la tarifa y los porcentajes de retención a los rendimientos del trabajo en el IRPF para 2022.

En el Boletín Oficial de Bizkaia del día 31 de diciembre de 2021 se publicó la NORMA FORAL 8/2021, de 30 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2022.

Junto a esta norma se ha publicado también el DECRETO FORAL 176/2021, de 28 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican los porcentajes de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicables a los rendimientos del trabajo en 2022.

Además de las previsiones de gastos e ingresos del territorio para dicho año, aún muy marcados por los efectos de la pandemia del COVID-19, la NORMA FORAL 8/2021 recoge que en el ámbito del IRPF, se prorrogan las medidas adoptadas relacionadas con la COVID-19, y será de aplicación a la obligación de declarar del período impositivo 2022.

En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con efectos desde 1 de enero de 2022 se actualizan las cuantías de la reducción por tributación conjunta y de la minoración de la cuota, la escala de la base liquidable general, para mitigar los efectos adversos ocasionados por dicha situación sanitaria de la COVID-19, así como las cuantías de las deducciones por descendientes, ascendientes, discapacidad o dependencia, y por edad.

Gipuzkoa reintroduce la obligación de información para aquellos que intermedien en el arrendamiento o cesión de viviendas para uso turístico

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Gipuzkoa modifica su Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales para incluir de nuevo el precepto anulado por el TSJ del País Vasco por no haberse notificado como «reglamento técnico» a la Comisión Europea

En el Boletín Oficial de Bizkaia del 31 de diciembre de 2021 se publicó el DECRETO FORAL 16/2021, de 21 de diciembre, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, de modificación del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre.

Gipuzkoa modifica los reglamentos que desarrolla la obligación TicketBAI, el de obligaciones tributarias formales, del IRPF e IS, y aprueba los coeficientes de actualización aplicables en 2022 a las ganancias patrimoniales

 Infografía, cambio de año 2022

Gipuzkoa modifica su  Reglamento que desarrolla la obligación TicketBAI, el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, y aprueba los coeficientes de actualización aplicables en 2022 para la determinación, en el IRPF e IS de las rentas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 30 de diciembre de 2021 se ha publicado el  DECRETO FORAL 15/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifican el decreto foral que aprueba el Reglamento que desarrolla la obligación TicketBAI, el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, y se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en 2022 para la determinación, en ambos impuestos, de las rentas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales.

Navarra armoniza su ley de IVA para incorporar las nuevas exenciones temporales a favor de organismos europeos relativas a las importaciones y a determinados suministros en respuesta a la pandemia de COVID-19

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Navarra incorpora en su ordenamiento tributario las nuevas exenciones subjetivas a favor de organismos europeos (Comunidad Europea, la Comunidad de la Energía Atómica, el Banco Central Europeo o el Banco Europeo de Inversiones, o los organismos creados por la Unión realizadas para uso oficial, a las adquisiciones de bienes y servicios que realice la Comisión o un órgano u organismo creado con arreglo a Derecho de la Unión) temporales relativas a las importaciones y a determinados suministros, en respuesta a la pandemia de COVID-19 con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2021, y con vigencia indefinida, siempre que las adquisiciones se vinculen a la lucha contra la pandemia.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 30 de diciembre de 2021 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 6/2021, de 15 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, por el que se incorpora en el ordenamiento tributario navarro, las modificaciones llevadas a cabo en territorio común por el Real Decreto-Ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes, en el Impuesto sobre el Valor Añadido, en lo que respecta a las exenciones temporales relativas a las importaciones y a determinados suministros, en respuesta a la pandemia de COVID-19 y su ampliación a las importaciones de bienes y a las entregas de bienes y las prestaciones de servicios efectuadas a favor de la Comunidad Europea, la Comunidad de la Energía Atómica, el Banco Central Europeo o el Banco Europeo de Inversiones, o los organismos creados por la Unión realizadas para uso oficial, a las adquisiciones de bienes y servicios que realice la Comisión o un órgano u organismo creado con arreglo a Derecho de la Unión para dar respuesta a la pandemia de la COVID-19 en el ejercicio de sus funciones, siempre que los bienes importados o los bienes y servicios adquiridos no se utilicen para realizar entregas ulteriores a título oneroso por parte de la Comisión o de la entidad beneficiaria de la exención. De este modo se garantiza que las medidas adoptadas en el marco de las diversas iniciativas de la Unión Europea en este contexto no se vean obstaculizadas por el hecho de que estas adquisiciones de bienes y servicios queden gravadas por el IVA, que no pueda ser deducido y, por tanto, recuperado por estas instituciones comunitarias.

Alava aprueba múltiples medidas tributarias en el ámbito del IRPF, IS, IP, ISD e IAE para impulsar la reactivación económica y la aplicación del TicketBAI, así como una nueva norma del régimen fiscal del mecenazgo

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Álava aprueba diversas medidas en el IRPF, IS, IP, ISD para el impulso de la actividad económica, incentivar el cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI, otras modificaciones en el sistema tributario de Álava, así como la prórroga de las distintas medidas de contención de la propagación de la COVID-19

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 29 de diciembre de 2019 se ha publicado junto con la NORMA FORAL 33/2021, de 21 de diciembre, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2022 la NORMA FORAL 34/2021, de 23 de diciembre, por la que se adoptan medidas para el impulso de la reactivación económica, para la aplicación del TicketBAI y otras medidas tributarias. Esta norma viene acompañada de la NORMA FORAL 35/2021, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo.

Además de las medidas aprobadas en la NORMA FORAL 34/2021, se ha publicado también el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 9/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 28 de diciembre que aprueba la modificación del Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y de la Norma Foral 11/2003, de 31 de marzo, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

En materia del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, se ha publicado también el DECRETO FORAL 56/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 28 de diciembre, que aprueba la modificación de los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos de trabajo con efectos desde el 1 de enero de 2022.

Junto a las normas anteriores encontramos atambién esn este boletín del territorio histórico la ORDEN FORAL 769/2021, de la diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 16 de diciembre, que establece el calendario de los ingresos fiscales domiciliados en el año 2022 y calendario quincenal de liquidación de ingresos fiscales y no fiscales y la ORDEN FORAL 802/2021, de 27 de diciembre, del Territorio Histórico de Álava, de la Primera Teniente de Diputado General y Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, sobre regulación de las especificaciones técnicas y funcionales del software TicketBAI y de la declaración de alta en el Registro de Software TicketBAI.

Entre las medidas contenidas en la NORMA FORAL 34/2021 de medidas para el impulso de la reactivación económica, para la aplicación del TicketBAI y otras medidas tributarias, destacamos las siguientes:

Gipuzkoa publica su norma de presupuestos generales para 2022, se fija el interés de demora y se actualizan las tasas y valores catastrales y las cuantías de las deducción por edad y de la reducción por tributación conjunta en el IRPF

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En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 27 de diciembre de 2021, se ha publicado la NORMA FORAL 6/2021, de 22 de diciembre, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2022.

Además de las previsiones de gastos e ingresos del territorio para dicho año, aún muy marcados por los efectos de la pandemia del COVID-19, recoge con efectos desde el 1 de enero de 2022, el incremento de los valores catastrales en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles del 1,015 por ciento aplicable a partir de 1 de enero del año 2022 a los valores vigentes durante el año 2021. Las tasas y precios públicos exigidos por la Diputación de Gipuzkoa se elevan se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,015 a la cuantía exigible en 2021, y finalmente, establece con efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2022, el interés de demora a que se refiere el art. 26 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa será del 3,75%.

Bizkaia “repone” la obligación de información específica de información para aquellos que intermedien en el arrendamiento o cesión de viviendas para uso turístico

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Bizkaia modifica su Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales para incluir de nuevo el precepto anulado por el TSJ del País Vasco por no haberse notificado como «reglamento técnico» a la Comisión Europea que

En el Boletín Oficial de Bizkaia del 24 de diciembre de 2021 se ha publicado el DECRETO FORAL 171/2021, de 21 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 205/2008, de 22 de diciembre.

Bizkaia incorpora a su territorio las medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal en el IVA e IRNR y la suspensión del IVPEE

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Bizkaia incluye en su ordenamiento tributario algunas de las medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal aprobadas en el territorio común del Estado en el ámbito del IVA, IRNR y establece la suspensión del IVPEE durante el segundo semestre completo del ejercicio 2021.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 16 de diciembre de 2021 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 8/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, medidas urgentes en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica y otras medidas en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Mediante esta norma se introducen en el ordenamiento tributario de Bizkaia algunas de las medidas aprobadas en el territorio común mediante la LEY 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego, en concreto se incorporan ahora las medidas adoptadas en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y además se introduce la suspensión del Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica, implantada en el territorio común del Estado mediante el REAL DECRETO-LEY 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad, por el cual se introducen un conjunto de medidas que contribuyen a la reducción de los costes de la factura eléctrica.

Bizkaia modifica sus reglamentos para incorporar la ampliación hasta el final de 2023 del plazo de adhesión voluntaria al sistema BATUZ de control integral de los rendimientos de las actividades económicas y la compensación por adhesión prematura

Bizkaia pospone la adhesión voluntaria al sistema Batuz para 2022 y 2023. Ilustración de Texto del PLAN con bloques de construcción de madera de 2023, 2022 y 2021 sobre fondo de mesa

Modificaciones reglamentarias para incorporar la ampliación del plazo hasta el 31 de diciembre de 2023, establecido para el cumplimiento voluntario de las obligaciones vinculadas al sistema Batuz, previsto en la NORMA 6/2021, debido a los efectos negativos del COVID-19, así como el desarrollo de la compensación especial establecida para aquellas personas físicas o jurídicas que realicen actividades económicas que adelanten su cumplimiento voluntario a la fecha anterior.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 15 de diciembre de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL 158/2021, de 14 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, mediante el que se determinan las condiciones en las que deberá llevarse a cabo la adhesión voluntaria al sistema Batuz para 2022 y 2023, así como la compensación aplicable y se introducen ciertas modificaciones en diversos Reglamentos tributarios.

El sistema integral de control de los rendimientos de las actividades económicas, así como medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias conocido como SISTEMA BATUZ tenía previsto desplegar toda su eficacia a partir del 1 de enero de 2022, pero mediante la NORMA FORAL 6/2021, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas para el impulso de la reactivación económica, para la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema Batuz y otras modificaciones tributarias se da continuidad, a partir del 1 de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023, al plazo para el cumplimiento voluntario de las obligaciones vinculadas a este sistema, facilitando y garantizando de esta manera su correcto cumplimiento.

Mediante este Decreto Foral se acometen las modificaciones en los reglamentos tributarios de Bizkaia, necesarias para incorporar la ampliación o retraso del plazo otorgado a los sujetos afectados por este nuevo sistema de control para su adhesión voluntaria, debido a los efectos negativos de la pandemia COVID-19, así como se desarrollan determinados aspectos de la compensación especial establecido desarrollan determinados aspectos de la compensación especial establecida para aquellos sujetos que adelanten el cumplimientos voluntario de las obligaciones que implica el sistema BATUZ.

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