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Navarra traspone la Directiva (UE) 2017/952 respecto a las asimetrías híbridas con terceros países

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Se trasponen al ordenamiento tributario navarro las reglas contenidas en la Directiva (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de mayo, incorporándolas a la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades, y que resultan aplicables cuando existe una relación de asociación entre las partes, o cuando éstas actúan en el marco de un mecanismo estructurado, en ambos casos, en el sentido de lo dispuesto en la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior. Además se posibilita en 2021, previa solicitud, la concesión de doce meses de carencia para los mencionados aplazamientos concedidos a clubes deportivos que no participen en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional.

En el Boletín Oficial de Navarra de 27 de febrero de 2021, se ha publicado el DECRETO-LEY FORAL 2/2021, de 24 de febrero, de la Comunidad Foral de Navarra, de trasposición de la Directiva (UE) 2017/952 del Consejo de 29 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164 en lo que se refiere a las asimetrías híbridas con terceros países, de modificación de los aplazamientos concedidos a clubes deportivos que no participen en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional, al amparo de la disposición adicional vigesimoséptima de la Ley Foral General Tributaria, y de modificación de la Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego.

Con el objetivo de concretar las conclusiones del proyecto BEPS de la OCDE, el 28 de enero de 2016, la Comisión Europea presentó su paquete contra la elusión fiscal, en el marco del cual, posteriormente, se aprobó la DIRECTIVA (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior. Esta Directiva estableció un marco para luchar contra las asimetrías híbridas que, sin embargo, fue posteriormente ampliado por la DIRECTIVA (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de mayo, mediante la que se establecen reglas que neutralizan las asimetrías híbridas de una forma más global, incluyendo las que impliquen a terceros países.

Mediante este Decreto-Ley Foral se trasponen al ordenamiento tributario navarro las reglas contenidas en la DIRECTIVA (UE) 2017/952, incorporándolas a la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades, que resultan aplicables cuando existe una relación de asociación entre las partes, o cuando éstas actúan en el marco de un mecanismo estructurado, en ambos casos, en el sentido de lo dispuesto en la Directiva (UE) 2016/1164.

Se modifica la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades añadiendo, por un lado, un nuevo artículo 23 bis, en el que, bajo la denominación "asimetrías híbridas", se regulan los preceptos para neutralizar las asimetrías de instrumentos financieros híbridos, entidades híbridas, establecimientos permanentes híbridos, asimetrías importadas y asimetrías de transferencias híbridas, negando la deducibilidad del gasto en el Impuesto sobre Sociedades, debido a diferencias de calificación o atribución, cuando el correlativo ingreso no tribute o cuando tal gasto sea, asimismo, deducible en otra entidad, o bien disponiendo la integración en la base imponible del ingreso correspondiente a un gasto que haya sido fiscalmente deducible en otro país o territorio en el que no se haya aplicado la regla primaria.

Bizkaia publica sus Presupuestos para 2021 y aprueba medidas adicionales en el IRNR, IVA, IAE y en el Impuesto sobre las Primas de Seguros

Bizkaia, Presupuestos 2021, medidas, IRNR, IVA, IAE, Impuesto sobre las Primas de Seguros. Imagen de una de mujer con paraguar protegiendo una hucha y un saco de dinero del ataque del coronavirus

Bizkaia aprueba los Presupuestos Generales para el año 2021 medidas adicionales en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en el Impuesto sobre el Valor Añadido, en el Impuesto sobre las Primas de Seguros y en las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 25 de febrero de 2021 se ha publicado la NORMA FORAL 2/2021, de 24 de febrero, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2021 y el DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2021, de 23 de febrero, de medidas adicionales en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en el Impuesto sobre el Valor Añadido, en el Impuesto sobre las Primas de Seguros y en las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

En la Norma Foral de presupuestos Generales para 2021 además de las previsiones habituales de este tipo de norma, se establece que el tipo de demora desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2021 será el 3,75%.

Por lo que se refiere a las medidas contenidas en el DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2021, destacamos las siguientes:

Álava establece la documentación que debe presentar el promotor de una nueva construcción para formalizar el alta en el catastro

Documentación que se debe presentar para el alta en el Catastro de una nueva construcción en Álava. imagen de un casco de obrero

Álava establece la documentación que debe presentar el promotor de una nueva construcción para formalizar el alta en el catastro del Territorio Histórico de Álava.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 24 de febrero de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL 6/2021, de 16 de febrero, que aprueba la modificación del Decreto Foral 7/2008, del Consejo de 5 de febrero, que modifica las normas del alta de nuevas construcciones en el catastro inmobiliario a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

El fin último de las reformas que se están llevando a cabo en materia del Catastro Inmobiliario es conseguir la coordinación entre las bases gráficas de los Registros de la Propiedad y Catastro utilizando para ello los elementos tecnológicos existentes.

Así, la presente modificación tiene por objeto completar y precisar la documentación que debe presentar el promotor de una nueva construcción ubicada en el Territorio Histórico de Álava, exigiendo la presentación de un trabajo topográfico de fin de obra mediante el cual, los inmuebles urbanos de nueva construcción sean recogidos en el catastro del Territorio Histórico de Álava, con la precisión y correspondencia con la realidad necesarias.

Gipuzkoa regula el desarrollo de las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal derivadas de la DAC 6 o directiva de intermediarios

Gipuzkoa, DAC 6, intermediarios, desarrollo, información, mecanismos transfronterizos de planificación fiscal. Concepto de red de comunicación global

Gipuzkoa  desarrolla reglamentariamente las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal, con efectos desde el 1 de julio de 2020.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 24 de febrero de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL 4/2021, de 23 de febrero, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, de modificación del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formalescon efectos desde el 1 de julio de 2020.

Bizkaia regula el desarrollo de las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal derivadas de la DAC 6 o directiva de intermediarios

Bizkaia, DAC 6, intermediarios, desarrollo, información, mecanismos transfronterizos de planificación fiscal. Dibujo de cuatro personas alrededor de unos gráficos

Bizkaia desarrolla reglamentariamente las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal, con efectos desde el 1 de julio de 2020.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 11 de febrero de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL 5/2021, de 2 de febrero, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se desarrollan las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal mediante la modificación del Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, con efectos desde el 1 de julio de 2020.

Alava traspone la Directiva (UE) 2017/952 respecto a las asimetrías híbridas con terceros países

Alava, trasposición, Directiva (UE) 2017/952, asimetrías híbridas, terceros países. Montón de monedas con la bandera de la UE al fondo

Se trasponen al ordenamiento tributario alavés las reglas contenidas en la Directiva (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de mayo, incorporándolas a la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades, y a la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, fundamentalmente y que resultan aplicables cuando existe una relación de asociación entre las partes, o cuando éstas actúan en el marco de un mecanismo estructurado, en ambos casos, en el sentido de lo dispuesto en la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior.

En el Boletín Oficial de del Territorio Histórico de Alava de 10 de febrero de 2021 se ha publicado el  Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 1/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 2 de febrero, por el que se aprueba la trasposición de la Directiva (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164 en lo que se refiere a las asimetrías híbridas con terceros países.

Con el objetivo de concretar las conclusiones del proyecto BEPS de la OCDE, el 28 de enero de 2016, la Comisión Europea presentó su paquete contra la elusión fiscal, en el marco del cual, posteriormente, se aprobó la DIRECTIVA (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior. Esta Directiva estableció un marco para luchar contra las asimetrías híbridas que, sin embargo, fue posteriormente ampliado por la DIRECTIVA (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de mayo, mediante la que se establecen reglas que neutralizan las asimetrías híbridas de una forma más global, incluyendo las que impliquen a terceros países.

Alava aprueba diversas medidas tributarias para 2021, destacando la eliminación de los pagos fraccionados bimensuales en el IRPF y la modificación del régimen especial de fusiones en el IS

Alava, medidas tributarias, 2021, IRPF, IS, fusiones, pagos fraccionados. Un hombre comprobando unos gráficos y tomando notas delante de un portátil

Alava aprueba diversas medidas tributarias para 2021, en el ámbito del IRPF, e IS, destacando respecto al primero, la modificación de la regla especial de imputación de determinadas ayudas públicas recibidas para la primera instalación por jóvenes agricultores o agricultoras y la eliminación de los pagos fraccionados bimensuales y en el IS modifica el régimen especial de fusiones.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 8 de febrero de 2021 se ha publicado la NORMA FORAL 2/2021, de 29 de enero, de medidas tributarias para 2021, que incluye diversas modificaciones en la normativa básica del IRPF destacando la modificación de la regla especial de imputación de determinadas ayudas públicas recibidas para la primera instalación por jóvenes agricultores o agricultoras que podrán imputarse por cuartas partes, en el período impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes y la eliminación de los pagos fraccionados bimensuales y respecto al IS modifica el régimen especial de fusiones.

Álava mantiene la regulación del año anterior del régimen simplificado del IVA para 2021

Álava mantiene la regulación del régimen simplificado del IVA para 2021. Imagen con elementos de escritorio

Se mantiene, para 2021, los módulos, y las aplicables en el régimen especial simplificado del IVA en el año inmediato anterior.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 3 de febrero de 2021.se ha publicado el DECRETO FORAL 2/2021, de 26 de enero, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueba la regulación para 2021 del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Álava actualiza sus tasas y establece el interés de demora para 2021 entre otras medidas presupuestarias

Actualización de las tasas alavesas y fijación del interés de demora. Imagen de monedas, medidor y bote de cristal con monedas dentro

Además de las medidas propiamente presupuestarias, esta norma contiene diferentes disposiciones referidas a las tasas de este territorio foral y fija el interés de demora aplicable en 2021 en el resultado de incrementar el interés legal del dinero en un 25 por ciento. Igualmente se establece que no se practicarán aquellas liquidaciones de las que resulten deudas inferiores a la cuantía que se estime insuficiente para la cobertura del coste de su exacción y recaudación.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 1 de febrero de 2021 se ha publicado la NORMA FORAL 1/2021, de 26 de enero, de ejecución del presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2021, cuyo contenido esencial es el constituido por la aprobación de los estados de ingresos y gastos del Sector Público Foral del Territorio Histórico de Álava y la consignación del importe de los gastos fiscales que afectan a sus tributos. La norma contiene diferentes disposiciones referidas a las tasas de este territorio foral y fija el interés de demora aplicable en 2021 en el resultado de incrementar el interés legal del dinero en un 25 por ciento. Igualmente se establece que no se practicarán aquellas liquidaciones de las que resulten deudas inferiores a la cuantía que se estime insuficiente para la cobertura del coste de su exacción y recaudación, atendiendo a criterios de naturaleza de la deuda y que, con carácter general, se anulen y se den de baja en contabilidad todas aquellas deudas que correspondan a la misma persona deudora, cuando el total adeudado por ésta resulte inferior a la cuantía que se estime y fije en función de criterios de eficiencia recaudatoria y coste de la recaudación.

COVID-19: Navarra armoniza su ley de IVA para extender la exención del IVA de material sanitario, mascarillas quirúrjicas y vacunas y eleva el tipo aplicable a las bebidas que contienen edulcorantes añadidos

COVID-19, IVA, Navarra, tipo impositivo, mascarillas quirúrjicas, vacunas, bebidas azucaradas, armonización. Imagen de mascarilla, jeringuilla y tubo de muestras sanitarios

Navarra armoniza su ley de IVA para extender la exención del IVA a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, de material sanitario, mascarillas quirúrjicas, rebaja temporalmente, del 21 al 4 por 100, el tipo impositivo del IVA aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas desechables cuyos destinatarios sean distintos de los anteriores, establece la aplicación del tipo del 0 por 100 del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las vacunas y de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la COVID-19 y a los servicios de transporte, almacenamiento y distribución de estos productos y eleva al 21 por ciento el tipo aplicable a las bebidas que contienen edulcorantes añadidos.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 25 de enero de 2021 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2021, de 13 de enero, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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